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aborto

“Estaremos atentos a ese tema, no conocemos el tema, básicamente tenemos que ponernos al tanto”, respondió el presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, Javier González Mocken, al ser cuestionado sobre los amparos ganados por activistas feministas para permitir el aborto en la entidad.  

En visita al Palacio de Gobierno, el recién nombrado ombudsman dijo no tener ninguna solicitud de las activistas ni acercamiento, “pero buscaremos con mucho gusto”. 

Un Tribunal Colegiado del Poder Judicial de la Federación resolvió tres amparos colectivos, en los que ordenó a la Secretaría de Salud del Estado de Chihuahua difundir información e implementar servicios de aborto voluntario hasta la semana 12.6 de gestación. 

De acuerdo a Marea Verde Chihuahua, los amparos se encuentran en fase de cumplimiento y los diversos jueces ya han solicitado a la dependencia estatal que informe el avance de la sentencia y reconocieron que se les ha dado “largas”, además de que no han reformado el Código Penal Local.

En Aguascalientes, el Poder Ejecutivo Estatal publicó en el Periódico Oficial del Estado la ley que despenaliza el aborto durante las primeras 12 semanas de gestación.

La reforma al Código Penal establece que la interrupción del embarazo sí será penalizada después de la semana 12 de embarazo, aunque habrá excepciones en los casos que estén aprobados por el Congreso del Estado.

—-¿Cuándo entra vigor la ley que despenaliza el aborto?

La ley que busca promover políticas de protección a la vida y prevención de embarazos no deseados entrará en vigor este jueves 28 de diciembre de 2023.

La ley trae consigo buenas noticias para mujeres gestantes que en su entorno no cumplan con las necesidades básicas o en todo caso sea un embarazo no deseado.

A mediados de diciembre, el Congreso del Estado, a través de una sesión privada y con un voto cedular, aprobó la despenalización del aborto, como lo mandató la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) hace unos meses.

Cabe recordar que previamente, en septiembre, la SCJN despenalizó el aborto a nivel federal en todo México. El límite de tiempo que quedó determinado en la ley fue de 12 semanas de gestación para realizar el aborto.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación con 4 votos a favor y uno en contra, decidió que los artículos 143,145 y 146 del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizan el aborto voluntario en Chihuahua, son inconstitucionales. 

Así lo informaron las organizaciones Marea Verde Chihuahua, Aborto Seguro Chihuahua y Abortistas Mx, quienes dijeron que este amparo no tiene efectos generales, por lo que no obliga al Congreso del Estado de Chihuahua a reformar el Código Penal Estatal, sino que solo beneficia a la persona que interpuso el amparo ante la SCJN. 

Sin embargo, añadieron significa un avance para la despenalización del aborto en la entidad, ya que “se envía el mensaje de la inconstitucionalidad del aborto en Chihuahua”. 

Las activistas en defensa de los derechos sexuales y reproductivos, agregaron a través de sus redes sociales que la versión final de la sentencia estará disponible hasta dentro de varias semanas, esta resolución y proyecto reconoce que el derecho a decidir sobre la vida reproductiva, es un derecho humano, vinculado al derecho a la salud. 

“Por lo que las legislaciones penales deben reformarse para establecer un plazo en que las mujeres y otras personas con capacidad de gestar, puedan acceder al aborto”, indicaron a través de comunicado de prensa.

Actualmente, el artículo 143 establece que el aborto es la muerte del producto de la concepción en cualquier momento del embarazo. A quien lo haga con consentimiento se le impondrá de seis meses a tres años de prisión y prisión de tres a ocho años sin consentimiento y violencia física o moral. 

En el 145 indica castigo de seis meses a tres años de prisión a la mujer que voluntariamente practique su aborto o consienta en que otro la haga abortar. En este caso, el delito de aborto sólo se sancionará cuando se haya consumado.

Y el 146, que excluye de responsabilidad penal cuando el resultado del embarazo sea por violación, inseminación artificial, afectación grave y conducta imprudencial durante el embarazo. 

En este sentido, en agosto 2023, la misma SCJN en el estado de Aguascalientes, ordenó a los legisladores locales derogar las penas de prisión contra las personas que recurran a un aborto.

La presidenta del Congreso del Estado, Adriana Terrazas Porras, desconoció el tema del amparo presentado por una particular sobre su derecho a la autonomía reproductiva que se resolverá este miércoles 18 de octubre en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). 

Terrazas Porras añadió que no tienen conocimiento del caso y que quedarán a la espera de lo que emita la Corte, resolución que abordará los artículos 143, 145 y 146 del Código Penal del Estado para invalidarlos al considerarlos que vulneran derechos también al libre desarrollo de la personalidad, a la salud, la no discriminación, entre otros.

Actualmente, el artículo 143 establece que el aborto es la muerte del producto de la concepción en cualquier momento del embarazo. A quien lo haga con consentimiento se le impondrá de seis meses a tres años de prisión y prisión de tres a ocho años sin consentimiento y violencia física o moral. 

En el 145 indica castigo de seis meses a tres años de prisión a la mujer que voluntariamente practique su aborto o consienta en que otro la haga abortar. En este caso, el delito de aborto sólo se sancionará cuando se haya consumado.

Y el 146, que excluye de responsabilidad penal cuando el resultado del embarazo sea por violación, inseminación artificial, afectación grave y conducta imprudencial durante el embarazo. 

En este sentido, en agosto 2023, la misma SCJN en el estado de Aguascalientes, ordenó a los legisladores locales derogar las penas de prisión contra las personas que recurran a un aborto.

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