El nuevo año se aproxima y con él la entrada en vigor de la Ley de Ingresos 2023, con la cual el Gobierno del Estado pretende recaudar al menos 21 mil 461.9 millones de pesos a través de sus diferentes sistemas de ingresos propios.
Sin embargo, así como entrarán en vigor nuevas tarifas y gravámenes, también lo harán las diversas formas de descuentos e incentivos fiscales que incluye la Ley de Ingresos que aprobó el Congreso del Estado.
Desde reducción del monto a pagar por pronto pago, impuestos a tasa 0 por contratar a personas con discapacidad o la celebración de matrimonios, la legislación que entrará en vigor el 1 de enero incluye los más diversos conceptos para incentivar el pago de impuestos y derechos estatales.
Revalidación vehicular, a partir de febrero
Uno de los cobros que más expectación genera es el del Derecho Vehicular, el cual se cobra de manera general a todo automotor domiciliado en el estado de Chihuahua, con tarifas diferenciadas de acuerdo a su antigüedad.
Aunque el Gobierno estima recaudar 2 mil 583.4 mdp por ese concepto, aún no se conoce el monto a cobrar a cada vehículo, ya que este quedará sujeto a la tasa de Unidad de Medida y Actualización (UMA) para el 2023, que definirá el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (Inegi).
No obstante, la Ley de Ingresos ya contempla montos a descontar por pronto pago de acuerdo con el modelo que corresponda a cada automotor.
Para acceder a los beneficios antes referidos, los contribuyentes deberán realizar el pago en el plazo establecido en el primer párrafo de este artículo y estar al corriente en el pago del Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos, en Derecho de Control Vehicular e infracciones impuestas por las autoridades de tránsito, así como tener licencia de conducir vigente. De no ser así, se deberá pagar el costo total de los derechos respectivos.
Bodas y “bautizos” gratis
Diversos actos ante el Registro Civil quedarán exentos de pago durante el 2023, todos relacionados con la formalización de las relaciones de pareja y/o con la identidad de las personas.
En el Artículo Décimo Segundo de la ley en cuestión, se aprueba la condonación del pago de los derechos que se generen por la expedición de los certificados de inexistencia de registro de nacimiento, a todas las personas que se inscriban en el programa “Registro de Nacimiento”.
Mismo tratamiento recibirán los ciudadanos por los derechos de inscripción y de la primera copia certificada del acta de matrimonio, a las personas que se inscriban en el programa “Matrimonios Colectivos”, que al efecto implemente la Dirección del Registro Civil.
También se condonará el pago de derechos a las personas que se inscriban en los programas “Correcciones Administrativas” e “Inscripción de Documento Extranjero” que promueva la propia Dirección durante el 2023, así como el costo de las Correcciones de Actas derivadas de resoluciones judiciales.
En apego a lo establecido en el Artículo 55 del Código Civil del Estado de Chihuahua, se condonará el costo de la primer Acta de Nacimiento a las personas que registren su nacimiento.
Mismo incentivo, por la expedición de copias certificadas de Actas del Estado Civil a las personas inscritas en el programa “Juntos Sí Podemos”, a los beneficiarios del Fideicomiso “Fondo de Atención a Niños y Niñas Hijos de las Víctimas de la Lucha Contra el Crimen” y del “Centro de Prevención y Atención a Mujeres y Familias en Situación de Violencia” (MUSIVI).
Además, se condonará el pago de los derechos por la expedición de copias certificadas de Actas del Estado Civil a las personas que acrediten pertenecer al Programa Temporal que lleve a cabo la Dirección de Atención a Grupos Vulnerables y Prevención a la Discriminación de la Secretaría de Desarrollo Humano y Bien Común.
Registros de garantías: el Gobierno invita
En el Artículo Quinto, la citada ley contempla hacer descuentos al 100 por ciento por el registro de fianzas, hipotecas o cualquier otra forma legal que celebren con las entidades del sector público que promuevan programas de vivienda.
El estímulo, al cien por ciento, está dirigido a los contribuyentes del Impuesto sobre Actos Jurídicos, respecto de los actos tendientes a garantizar obligaciones.
El estímulo estará en vigor durante el año 2023, y se hará efectivo al presentar la declaración de pago.
Únicamente se podrá gozar de este beneficio cuando el acto jurídico celebrado se inscriba en las oficinas del Registro Público de la Propiedad y se paguen efectivamente los derechos correspondientes.
“Kórima” fiscal
En el Artículo Sexto, el Congreso autorizó al Poder Ejecutivo Estatal para que, por conducto de la Secretaría de Hacienda, condone o reduzca de manera total o parcial los recargos correspondientes a contribuciones estatales que se adeuden de ejercicios anteriores.
Esto, cuando se considere justo y equitativo, siempre y cuando no se hayan generado durante el ejercicio fiscal del año 2023.
De igual forma se autoriza a la Secretaría de Hacienda para que, a través de la Subsecretaría de Ingresos, otorgue subsidios de hasta el 100 por ciento, aplicables respecto a contribuciones fiscales, multas fiscales estatales, multas federales coordinadas con el Estado, así como a multas administrativas no fiscales de carácter estatal.
Los subsidios anteriormente mencionados sólo podrán autorizarse de manera particular en cada caso que específicamente le sea planteado a dicha Subsecretaría, y nunca con efectos generales; excepto cuando se establezcan programas tendientes a incrementar y ampliar los ingresos del Estado.
Un estímulo a la venta de inmuebles
El impuesto cedular lo aplica el Gobierno estatal las personas físicas que perciban ingresos por otorgar el uso o goce temporal de bienes inmuebles, ubicados en territorio del estado, según lo establece el artículo 32 de la Ley de Hacienda.
A los contribuyentes de ese gravamen, se les otorgará un estímulo fiscal por los Ingresos derivados de la Enajenación de Bienes Inmuebles, consistente en una reducción en el pago del impuesto determinado que causen durante el 2023.
El estímulo a aplicar se determinará tomando como base el valor de operación establecido en el acto jurídico a registrar, correspondiente al bien inmueble que se transmite, de acuerdo con la siguiente tabla:
Descuentos “micro” a las micro, pequeñas y medianas empresas
El Impuesto Sobre Nóminas es una de las fuentes de ingresos propios más importantes para el Gobierno del Estado.
Se aplica a personas físicas o morales que paguen remuneración al trabajo personal, prestado bajo la subordinación a un patrón, siempre y cuando se generen dentro del territorio del Estado, según el artículo 72 de la Ley de Hacienda.
La administración estatal proyecta recaudar 6 mil 364 millones de pesos por ese concepto en un año en el que la tasa bajará a 3.5 por ciento del valor de la nómina, desde un 4 por ciento que se cobró en el 2022.
Sin embargo, se otorgarán estímulos fiscales a los contribuyentes de dicho impuesto a empresas consideras micro, pequeñas y medianas.
El estímulo variará de acuerdo con el número de empleados que cada una de estas tenga. Así, quienes tengan de 1 a 10 empleados, se les hará un 20 por ciento de descuento; de 11 a 30 empleados, el 10 por ciento y de 31 a 50 empleados, el 5 por ciento.
Estímulos por contratar a discapacitados y “cuarentones”
El Artículo Décimo Sexto, se establece un estímulo fiscal a empresas que contraten a personas que padezcan alguna discapacidad, o bien, a empleados de 40 años o más.
Lo anterior, en apego a lo establecido en el artículo 3-A del Decreto 57/2010 I.P.O relativo a Beneficios Fiscales para los contribuyentes en el Estado de Chihuahua, cuyo tope será de treinta millones de pesos.
Dicho decreto otorga condonación de hasta el 100 por ciento en el pago del Impuesto Sobre Nóminas, que contraten a personas en situación de discapacidad y/o mayores de 40 años y/o jubilados o pensionados, gozarán de los siguientes estímulos
Las condiciones de discapacidad deberán ser evaluadas por una institución pública de seguridad social, por el Instituto Chihuahuense de la Salud o por las dependencias que administre la Secretaría de Salud Estatal, quien determinará el grado de discapacidad.
Algunos de los incentivos y descuentos antes mencionados están sujetos al cumplimiento de condiciones contempladas en la misma Ley de Ingresos, por lo que el o la contribuyente interesada deberá consultarlos y apegarse a esos preceptos.
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