La propuesta de reforma judicial que solicitó la magistrada presidenta del Tribunal Superior de Justicia del Estado, Myriam Victoria Hernández Acosta, permanece estancada desde el 22 de marzo del año en curso, y mantiene en vilo, la designación de seis magistraturas en el Poder Judicial de Chihuahua.
En Ciudad Juárez son dos salas penales y una civil, mientras que en Chihuahua es una familiar, una civil y una penal, las cuales operan bajo el resguardo del secretario de Acuerdos, quien representa a los magistrados hasta que se resuelva el nombramiento oficial de las salas.
La iniciativa fue presentada en el Congreso del Estado a través del buzón legislativo, de inmediato como parte de los trabajos para la Reforma Integral de la Constitución Política del Estado de Chihuahua, misma que se prometió presentar dentro del segundo año del Ejercicio de la 67 Legislatura, pero que, hasta el 31 de agosto del año en curso, no consolidó los acuerdos entre las fuerzas políticas, principalmente entre Morena y Partido Acción Nacional.
La reforma es “perfectible” y de “formas” de acuerdo a los asesores del Congreso del Estado, y el mayor impacto esta en los artículos 99, 100, 101, 103, 105, 106, 110 y 112, en los que se establece que las personas titulares de magistraturas no pueden actuar como representantes legales durante dos años después de haber concluido su encargo.
No obstante, de acuerdo a los propios abogados, el tema a diferencia de la reforma que se hizo en 2022, se encuentra detenida por autonomía que se fortalece en la elección y control de las magistraturas y lo que representa el impacto de ejercer, dirigir y actuar sobre su presupuesto, sin el visto bueno del Ejecutivo. Por lo que también se ha quedado a la espera de las observaciones de la Secretaría General de Gobierno.
Aunque existe previamente una acción de inconstitucionalidad, esta no afecta el desempeño actual del TSJE, pero si representa un “revés” político para Morena, pues en caso de aprobar esta nueva propuesta de reforma, deja sin materia su denuncia, situación política que influye en el consenso del legislativo a la iniciativa.
Propuesta de Reforma empodera más al Poder Judicial
Da el poder al Pleno del TSJE de aumentar o disminuir las magistraturas, cuando un estudio objetivo del Consejo de la Judicatura, motive y justifique las necesidades del trabajo jurisdiccional, situación que sólo recaía con anterioridad en el Consejo por mayoría de sus integrantes.
En el caso de procedimientos para nombrar magistrados, la propuesta recae directo en el Consejo de la Judicatura para convocar al concurso de méritos en la selección de las plazas vacantes.
En este sentido, el mismo Consejo constituirá el Jurado Calificador, el concurso queda a cargo del Inforaj y exige a los consejeros excusarse de intervenir en el examen de personas aspirantes; el Jurado tomará sus decisiones por mayoría de votos y presidido por quien ocupe la Presidencia del Consejo.
Ahora bien, una vez que el Jurado determiné los resultados, se integra una Comisión Especial con un representante del Poder Legislativo, un representante del Poder Ejecutivo y tres representantes del Poder Judicial. En esta modificación se pasa de un representante a tres para el TSJE, lo que da más peso en la decisión de las plazas.
Es aquí donde en el Capítulo 2 del Artículo 101 se agregan más apartados sobre el actuar de la Comisión Especial en cuanto a la terna de aspirantes, en las que se refiere a elegir a las más altas calificaciones del concurso de méritos, abre las vacantes definitivas a personas que presten sus servicios en el Poder Judicial y a personas externas de manera alternada.
Asimismo, establece paridad de género, comparecencia pública, el voto de las dos terceras partes presentes, un plazo improrrogable de 30 días naturales y en caso de rechazar terna propuesta, exige una nueva terna por personas distintas a la anterior.
Y puntualiza, que en caso de que el Congreso no resuelva en el plazo establecido, se tendrá por nombrada y ocupará el cargo quien obtuviese los mejores resultados del concurso de méritos. Lo que no de nueva cuenta da el control al TSJE, del nombramiento si las fuerzas políticas no llegan al consenso.
Aunado a lo anterior, la propuesta solicita elaborar anteproyecto de presupuesto del Poder Judicial, aprobar la cuenta pública trimestral y anual del mismo, así como administrarlo, acciones que antes se remitían al Poder Ejecutivo.
Afirma PAN que trabajan en parte técnica de la reforma
“Estamos esperando el llamado de la Comisión de Gobernación y estaremos analizando la reforma Constitucional que mandó el TSJE, de entrada, la vemos bien, hay algunos puntos que estamos señalando en la parte técnica y que podemos modificar”, respondió el coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, Alfredo Chávez Madrid.
El diputado dijo que a poco más de 6 meses de presentar esta iniciativa, “seguramente” se llamará a una mesa técnica que permita “robustecer” la propuesta.
“Probablemente quede en este año, te puedo decir que nosotros (PAN) estamos a favor de fortalecer el Poder Judicial y su autonomía, que estamos listos para discutir la reforma y muy seguramente, como es muy técnica, llamaremos al diálogo porque eso enriquece”, agregó.
Al preguntarle sobre la voluntad política de Morena en el tema, el también presidente de la Junta de Coordinación Política (Jucopo), expresó “yo creo que si”, no sólo del Movimiento sino de todos los grupos parlamentarios en el Congreso.
“Y que quedé muy establecido, que la justicia no se debe politizar en Chihuahua y que los procesos de asignación de magistraturas queden en ley y tengamos un Poder Judicial que funcione”, reiteró.
Por último, el diputado recalcó que el hecho de tener magistraturas provisionales no afecta de ninguna manera a quienes esperan en las salas justicia, “no, porque hay grandes profesionales del derecho, gente que es capaz de resolver los problemas de los tribunales, sin embargo, es conveniente tener certidumbre para quienes trabajan en las salas de justicia”.
–Sin resolver acción de inconstitucionalidad por reforma a Ley Judicial fasttrack en 2022
En Junio de 2022, el Grupo Parlamentario de Morena presentó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación una acción de inconstitucionalidad sobre la reforma realizada ese mismo año por el Congreso del Estado en la que modificaron el funcionamiento del Poder Judicial del Estado.
Específicamente, en la forma de elegir a las y los magistrados, el peso de la comisión especial en la convocatoria que recaía sobre los legisladores, así como los requisitos para elegir al presidente o presidenta del Poder.
Los argumentos fueron que viola de forma directa el contenido de la Constitución Política; que transgrede los principios de supremacía constitucional y jerarquía normativa; viola el principio de la división de poderes; el derecho al acceso a cargos públicos y la seguridad jurídica; así como, la aplicación ilegal y arbitraria en detrimento del Poder Judicial.
El recurso 86/2022 fue admitido por el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, quien negó la suspensión provisional, por lo que las modificaciones impugnadas siguen vigentes hasta que el órgano resuelva el asunto.
Imposible desvincular reforma de Poder Judicial de Maru: Morena
“Es una iniciativa del Poder Judicial que no podemos desvincular de la Reforma Judicial del 2022, es imposible desvincularla, porque esa reforma propuesta de la gobernadora María Eugenia, es regresiva y una acción de inconstitucionalidad, va a cumplir dos años en la Corte”, respondió Cuauhtémoc Estrada Sotelo, líder del Grupo Parlamentario de Morena.
Estrada Sotelo cuestionó la falta de resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el manejo político de los casos, “aun cuando nosotros hemos estado activando el procedimiento, la sentencia no se ha publicado, se no has dicho que el proyecto está listo desde hace meses, pero no ha dado a conocer, porque tiene una relación directa con la nueva iniciativa”.
El diputado de Morena aseveró que conocen la nueva iniciativa, que la analizan pero que el hecho de que ahorita no haya nombramientos en seis magistraturas, no es por la acción de inconstitucionalidad, “es culpa de que en 2022, se generó una reforma que sólo buscó mayoría, no consensos y con rubros específicos, omitiendo los generales”.
Judicial y Ejecutivo “afinan” documento final
Por su parte, la diputada de Morena y presidenta del Congreso del Estado, Adriana Terrazas Porras detalló el pasado martes que la iniciativa es revisada por el Poder Judicial quien aun no ha concluido “el documento final”, mismo que esta en pláticas con el Poder Ejecutivo.
Adriana Terrazas Porras dijo que esto se realizan con el respeto de la división de poderes, y que la intención es que se incluya la reforma judicial a la reforma integral de la Constitución.
“He platicado con el coordinador del PAN y él a su vez, con los coordinadores de otras bancadas, es que salga en esta 67 Legislatura, sino en este primer periodo en el segundo, pero yo aspiro que sea en este, no tengo ninguna noticia al respecto todavía”, concluyó.
¿Qué otras modificaciones propone la reforma judicial del TSJE?
Título IX del Poder Judicial, Capítulo 2, Articulo 103.
- “Las y los Magistrados del Tribunal Superior de Justicia serán nombrados para un único periodo de quince años, durante el cual serán inamovibles. Sin embargo, podrán concluir su encargo, las y los Magistrados que satisfagan los requisitos que exigen las leyes atinentes para gozar de la jubilación y además hayan desempeñado el cargo de magistratura cuando menos por un periodo de cinco años, caso en que percibirán las percepciones que señalen dichas leyes”.
Título IX del Poder Judicial, Capítulo 2, Articulo 105.
- IV “La o el designado (presidente del TSJE) rendirá el informe, en el mes de febrero, de la situación que guarda la administración de justicia”.
- XIII “Crear las Salas del Tribunal, así como establecer su competencia y residencia cuando un estudio objetivo del Consejo de la Judicatura, motive y justifique las necesidades del trabajo jurisdiccional y las condiciones presupuestales del Estado lo permitan; previa realización del mismo tipo de estudio por el Consejo de la Judicatura, tratándose de una Sala vacante, suprimirla. Además de cambiar la adscripción de Magistradas y Magistrados”.
- XIII “Aprobar el proyecto de Presupuesto de Egresos del Poder Judicial, que, integrado por los anteproyectos del propio Tribunal y el del resto del Poder Judicial, deberá ser enviado al Poder Ejecutivo, en términos de la Ley atinente, que no podrá ser inferior al aprobado en el ejercicio fiscal anterior, ni menor al dos por ciento del Presupuesto de Egresos del Estado”.
Título IX del Poder Judicial, Capítulo 3, Articulo 106.
- “Las resoluciones del Consejo de la Judicatura serán recurribles ante el Pleno del Tribunal Superior de Justicia, en los términos de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, con excepción de las relativas o terminación de una relación laboral o que deriven de un conflicto con esa naturaleza. En contra de dichas decisiones del Pleno no cabrá recurso alguno”.
Título IX del Poder Judicial, Capítulo 3, Articulo 112.
- I. “Integrar el Pleno, las ponencias, así como los comités en los términos que lo establezca la ley o lo determine el Pleno”
- II. “Velar por el orden y la disciplina dentro y fuera de sus ponencias u órganos que integren”.
- VII. Se deroga
- VIII. Se deroga
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