La lamentable muerte del exfuncionario estatal, Antonio Enrique Tarín García, mueve a hacer reflexiones sobre todo las que tienen relación con la cosa pública, sea la administración misma de los recursos, la forma como se imparte justicia, y se persigue el delito, y las graves deficiencias del sistema carcelario, por llamarlo de alguna forma.
En primer término, el lento y deficiente funcionamiento del sistema judicial que retrasa los fallos en firme por años: Tarín fue aprehendido en mayo del 2017 y, al momento de su muerte, seis años después, no tenía una sentencia, condenatoria o absolutoria.
Han sido largas las discusiones sobre los casos en los que el indiciado debe permanecer recluido en una prisión o continuar con el proceso desde su domicilio, con estricta vigilancia de la autoridad persecutora.
El detalle es que la discusión sigue, pero no hay una resolución a la vista y las cárceles siguen llenas de personas que aún están en proceso. Algunas de ellas llevan ya años privadas de la libertad, sin escuchar el veredicto final del juicio en su contra.
No es posible que la libertad bajo caución de Tarín o de cualquier otro acusado amerite tres fallos distintos, de igual número de jueces, y que haya sido el último el que determinó, dejarlo libre, con brazalete localizador y otras limitantes.
Cualquiera merece saber, a la brevedad posible, qué le depara la vida para los próximos años: si un castigo o una absolución, y tal vez un “usted disculpe”, que nunca llega, por cierto.
………………
No es posible que en un estado como Chihuahua no haya un organismo especializado que aplique los protocolos de Estambul, por citar el ejemplo más recurrido.
Se trata de la entidad donde se propagó el uso del término “feminicidio”, donde han abundado las causas sociales en contra de la tortura y los abusos policiales y donde existe una Comisión Estatal de Derechos Humanos, pero no hay un laboratorio debidamente calificado para certificar casos de tortura.
Es bien sabido que el alegato de la tortura es y va a ser requerido en todo momento por quien se encuentre acusado de algún delito. No es de asustar a nadie, quien está sentado en el banquillo de los acusados recurre a lo que tiene a la mano para enfrentar a su acusador. Lo que es inaceptable es que, en un estado como Chihuahua, lo menos que deberíamos tener es un instrumento propio para determinar si la persona detenida sufrió algún tipo de tortura al momento de ser detenido o durante el proceso judicial que se le sigue.
Pero no lo hay y la Fiscalía General del Estado emprendió una causa penal contra el exfiscal encargado de perseguir actos de corrupción basado en una acusación de tortura psicológica que certificó un organismo externo poco conocido, cuestionado por la defensa y por otros actores, y que además cobró caro: 600 mil pesos.
Tarín alegó hasta el final haber sido víctima de tortura y de acusaciones sin fundamento. Ya no vamos a saber la verdad porque las siete carpetas en las que se le incluía como posible partícipe de actos de corrupción ya quedaron sobreseídas.
De aquí en adelante, toda persona acusada de cometer algún delito, especialmente los que tienen relación con la administración pública, podrán alegar que fueron torturados de una forma o de otra y la parte acusadora no tendrá una forma disponible a la mano para reaccionar a ese señalamiento.
Son al menos una veintena de exfuncionarios, incluido un exgobernador, los indiciados por supuestos actos de corrupción que, según la parte acusadora, representaron un desfalco para el erario estatal de aproximadamente 6 mil millones de pesos.
De aquí en adelante, la sombra de la tortura psicológica acompañará a todos esos procesos.
………………
También el sistema de sanción está en crisis. El encarcelamiento de personas que están sujetas a proceso es ahora mismo motivo de una discusión a nivel internacional y de un análisis de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para determinar si declara inconstitucional la llamada “prisión preventiva”.
Un caso emblemático es el de otro procesado por presuntos actos de corrupción durante la administración 2010-2016.
Se trata del exdirector de Fideicomiso Fomento de las Actividades Productivas en el Estado de Chihuahua (Fideapech), Joaquín López Ramírez, quien permanecía recluido en el Cereso número 1 de San Guillermo cuando no tenía sentencia condenatoria en su contra.
Era el año y los meses cuando la pandemia de Covid- 19 pegaba en todos lados y lo hacía con dureza: agosto del 2020. En aquel entonces, según registros periodísticos, el acusado y su defensa solicitaron repetidamente que le permitieran seguir el juicio en prisión preventiva, desde su casa, ya que era una persona de alto riesgo debido a los padecimientos mórbidos que le aquejaban.
La historia tuvo un desenlace indeseable para todo el mundo: en primer término, para el acusado, quien perdió la vida a causa del Covid 19, justo del mal que trataba evitar. Para su familia, desde luego, que ya no pudo atenderlo, pero también para la justicia, porque ya no pudo desenredar el asunto y llegar a una verdad jurídica.
El caso de López Ramírez es una muestra de la urgente necesidad de revisar las pertinencia de las medidas cautelares en un complejo penitenciario que tiene casi nueve mil personas internadas, de las cuales al menos el 7 por ciento padece hipertensión y el 5, diabetes, dos enfermedades de alto riesgo.