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El presidente Andrés Manuel López Obrador señaló que es decisión de los legisladores llevar a juicio político a los ministros de la SCJN por invalidar la primera parte del Plan B, porque si no se van a sentir “mártires”, cuando son unos “abusivos y ventajosos”.

“Eso que lo decidan ellos, porque si no se van sentir mártires, y lo que son, son unos abusivos, ventajosos”.

En conferencia de prensa, el presidente López Obrador dijo que no actuará igual que el expresidente Ernesto Zedillo (PRI), quien promovió una reforma al Poder Judicial y cerró un mes la SCJN.

“No voy a actuar como lo hizo Zedillo, de desconocerlos y pagarles bien para que se fueran, no, tiene que ser por medio de una reforma constitucional para que jueces magistrados y ministros los elija al pueblo, como era en la época del presidente Juárez”.

Confió en que en septiembre de 2024 el “movimiento de transformación”, tenga mayoría calificada en el Congreso para poder llevar a cabo esa y otras reformas constitucionales.

Diputados y senadores de Morena amagaron con llevar a juicio políticos a los ministros de la SCJN por invalidar la primera parte del Plan B.

El pasado lunes, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidaron, con nueve votos a favor, la primera parte del plan B electoral “por violaciones graves al proceso”.

El ministro Arturo Zaldívar votó a favor de invalidar la primera parte del plan B y el presidente Andrés Manuel López Obrador aseguró que no le decepcionó el voto del expresidente de la SCJN porque “hay muchas presiones del bloque conservador”.

“¿Qué piensa del voto de Zaldívar, señor? ¿Lo decepcionó?”, se le cuestionó a López Obrador.
“No, no, es que hay un entorno muy conservador, muchas presiones, muchas presiones del bloque conservador que tiene”, respondió el Presidente.

A través de su cuenta de TikTok, Zaldívar explicó la razón de su voto en el asunto del plan B.
Con memes de la vedette Niurka y del analista Alfredo Jalife-Rahme, el ministro de la Corte explicó que votó por la inconstitucionalidad del procedimiento legislativo.

“No voté en contra del contenido de una reforma, porque no analizamos el contenido de esta reforma. La Constitución establece reglas que se tienen que seguir para que las leyes que vota el Congreso sean válidas; el Poder Legislativo opera bajo reglas de mayoría, pero estas mayorías tiene que emitir su voto a través de procesos y los cuales se respete el derecho de las minorías para conocer lo que se va a discutir”, explicó Zaldívar mientras apareció una imagen de Jalife-Rahme que expresa: “No te metas a temas que no conoces”.

@arturozaldivarl ¿Por qué voté por el plan b? #constitucion #planb #abogados #arturozaldivarl #méxico ♬ sonido original – Arturo Zaldívar

Agregó el ministro de la Corte que “por la prisa con la cual se llevaron a cabo las cosas”, los grupos minoritarios no tuvieron oportunidad de conocer los documentos que se discutían.

“Cuando estas reglas se rompen, la ley es inválida porque no se respetó la democracia”, dijo.

“Mi único compromiso será con la Constitución, así lo hice en este asunto y así lo seguiré haciendo”, expresó el ministro al terminar su video con una imagen de la actriz Niurka.

La Barra Mexicana Colegio de Abogados externó su preocupación por los reiterados e insistentes actos de intimidación, descalificaciones y asedio contra los integrantes del Poder Judicial de la Federación.

“Se ha llegado al extremo de propiciar, alentar, omitir prevenir y castigar los insultos, acosos y agresiones contra distintos funcionarios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), lo que sin duda constituye un inadmisible atentado contra la independencia judicial, la necesaria división de poderes y la seguridad de los juzgadores en todo el país”, dijo en un comunicado.

La Barra Mexicana de abogados también se solidarizó con las autoridades jurisdiccionales y expresó su compromiso con el fortalecimiento del Estado de derecho, la defensa de las garantías humanas y la promoción de una cultura de respeto y tolerancia en la sociedad.

La semana pasada, personas afines a Morena montaron un plantón frente a las instalaciones del máximo tribunal del país para exigir la renuncia de la ministra presidenta Norma Piña Hernández.

También colocaron una carpa y en su interior se puso una mesa en la que los manifestantes recolectaban firmas de la ciudadanía que pasaba por el lugar, para presionar la remoción de Norma Piña.

Hace unas semanas senadores de oposición también le exigieron al presidente Andrés Manuel López Obrador parar los ataques contra los ministros y ministras, principalmente contra Piña Hernández.

La legisladora de Movimiento Ciudadano, Patricia Mercado, deploró las expresiones de violencia y odio contra la ministra presidenta de la SCJN que se dieron el pasado 18 de marzo en el Zócalo de la Ciudad de México.

“La expresión de odio que sucedió ayer en el Zócalo hacia la primera mujer presidenta de la SCJN, la ministra Norma Piña, debe marcar un límite. La condena tiene que ser unánime, porque de lo contrario, lo que se expresará es un permiso para violentarla”, subrayó la senadora.

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la posibilidad de que los militares puedan interceptar comunicaciones privadas y realizar cateos sin la autorización de un juez civil.

En la sesión, el ministro Alberto Pérez Dayán, quien estaba de vacaciones, efectuó su voto para alcanzar la mayoría calificada de ocho votos para anular los artículos 299 del Código Militar de Procedimientos Penales (CMPP) y 81 Bis, fracción VII, del Código de Justicia Militar (CJM).

“Me pronunciaré respecto de los siguientes temas: estoy con el proyecto y por la invalidez de los artículos 291, 295 y 296, que se refieren a la intervención de comunicaciones privadas. Igualmente, con el proyecto y por la invalidez del artículo 81 bis, fracción VII, que tiene que ver con geolocalización.

“En resumen, estoy con el proyecto y por la invalidez de los artículos 278, 282, 295, 291, 296 y 81 bis, fracción VII, referentes a la geolocalización”, manifestó.

Los artículos 291, 295 y 296 del Código Militar de Procedimientos Penales concedían a los militares intervenir las comunicaciones privadas sin contar con una orden judicial. También los facultaba a destruir registros de intervenciones no autorizadas.

La Corte invalidó que los efectivos utilicen la localización geográfica en tiempo real de dispositivos móviles como parte de las investigaciones sobre hechos en los que se hayan visto involucrados, al considerar que el precepto era omiso en precisar la materia y las personas sobre las que podría ejercerse esta facultad y aplicarse a los equipos de personas ajenas al ámbito militar.

Además, invalidó que los elementos puedan realizar cateos en cualquier domicilio particular, en residencias, oficinas públicas de los tres poderes de gobierno y a organismos constitucionales autónomos, ya que se permitía realizar medidas restrictivas que impactaron a los civiles.

La Corte también anuló la facultad de los uniformados para asegurar cuentas bancarias sin autorización de un juez civil, luego de una acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) en demanda de la invalidez del decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del CJM.

El proyecto del ministro Luis María Aguilar Morales refiere que, lejos de generar certeza, causa incertidumbre en relación con cuál es el límite de esta atribución, dado que sólo se menciona la causa por la que puede ejercerse, pero no se especifica ni la materia ni sobre quién o quiénes puede llevarse a cabo.

“Lo cual puede tener como consecuencia el uso arbitrario por parte de la autoridad ministerial, al poder realizarla, no sólo respecto de personal militar sujeto a una investigación, sino sobre personas ajenas al fuero castrense”, detalla.

Los efectos de la invalidez decretada respecto de las normas surtirán efectos a partir de que se notifiquen los puntos resolutivos del fallo al Congreso de la Unión sin perjuicio de que se apliquen los principios en materia penal de conformidad con los artículos 105 y 45 de la Ley Reglamentaria de las fracciones I y II del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Por tratarse de normas en materia penal, se propone que la invalidez decretada surta efectos retroactivos al 17 de mayo del 2016, fecha en que entró en vigor el decreto impugnado.

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