ViEn días pasados, el Consejo Consultivo del Instituto Nacional de Transparencia y Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) tramitó un incidente por incumplimiento judicial del Senado en el nombramiento de los dos comisionados faltantes.
El pasado 6 de marzo, una jueza del Juzgado Decimoséptimo de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México concedió una suspensión definitiva en favor del Consejo Consultivo del Inai para que la Junta de Coordinación Política (Jucopo) del Senado acuerde los nombramientos de los dos comisionados, que debe someter al pleno de la Cámara Alta para su aprobación.
A un mes, y a pesar de la objeción del nombramiento de Ana Yadira Alarcón Márquez y Rafael Luna Alviso, la Jucopo no ha emitido un segundo acuerdo para continuar con el nombramiento de los comisionados faltantes.
La Jucopo, después de haber sido advertida de la posibilidad de ser apremiada por incumplimiento en la suspensión, argumentó que se encuentra ante una imposibilidad jurídica de continuar con este proceso.
“Desde que tomamos este caso hemos implementado una estrategia jurídica basada en el respeto a los derechos humanos, así como al respeto y funcionamiento de las instituciones del Estado Mexicano, en este caso de un órgano autónomo”, explicó a El Universal, Mariana Calderón, directora general del Consejo Nacional de Litigio Estratégico (CNLE).
“El Consejo Nacional de Litigio Estratégico ha emprendido este litigio y el desarrollo de todas las estrategias jurídicas para que el Consejo Consultivo del Inai, Órgano Ciudadano encargado de velar por los Derechos Humanos de Acceso a la Información y la Protección de Datos Personales pueda defender los derechos de todos los ciudadanos”, agregó.
¿Qué significa el incidente?
Es en este contexto, se promovió el incidente por defecto en el cumplimiento de la suspensión.
El Senado tiene 3 días, a partir de que se le notifique el acuerdo de 19 de marzo de 2023, para rendir su informe respecto al cumplimiento de la suspensión y la jueza determinará si la autoridad está o no justificado en su incumplimiento con la suspensión, se explicó.
En caso de resolver a favor del Consejo Consultivo, la autoridad tendrá 24 horas para cumplir con la suspensión, con el apercibimiento que de no hacerlo será denunciada al Ministerio Público de la Federación por el delito que, según el caso, establecen las fracciones III y IV del artículo 262 de la Ley de Amparo, teniendo esto como consecuencia la imposición de una pena de 3 a 9 años de prisión, multa de 50 a 500 días, destitución e inhabilitación de tres años a la autoridad que incumpla de manera injustificada con la suspensión ordenada.
En el incidente se atenderá a los argumentos hechos por el Consejo Consultivo, con apoyo del CNLE, respecto a la urgencia y posibilidad de cumplir con la suspensión a fin de nombrar a los comisionados vacantes, pues a partir del 31 de marzo el pleno del Inai es un órgano inoperante por la salida del comisionado Francisco Javier Acuña Llamas, quien concluyó su nombramiento dejando al órgano de transparencia con 4 de 7 comisionados y sin el quórum legal de 5 que se necesita para la validez de la celebración de las sesiones del pleno.
En este sentido, el CNLE explicó que, al día de hoy, el incumplimiento de la suspensión por parte de la autoridad responsable viola los derechos humanos de la parte quejosa y de la sociedad en general, pues no hay un órgano funcional a cargo del respeto del derecho a la transparencia y acceso a la información.
Amplían demanda
El CNLE informó que se amplió la demanda para exigir al Senado cumplir con su deber constitucional de nombrar las vacantes de comisionados Inai.
En la ampliación de esta demanda, se reclama a la Jucopo y al Senado la omisión de nombrar al reemplazo del comisionado Acuña Llamas.
“Ya contamos con una suspensión definitiva por la omisión de nombrar a 2 Comisionados, puestos que llevan vacantes desde marzo 2022. Con la ampliación de demanda buscamos el mismo resultado respecto del reemplazo de Acuña Llamas”, precisó.
De cumplir el Senado con este mandato judicial el Inai podría operar en los términos que señala la Constitución.