El periodo de 90 días para obtener las firmas válidas requeridas para que procedan las consultas en los procesos de revocación de mandato, iniciará el 30 de mayo, informó el consejero del Instituto Estatal Electoral (IEE), Yuri Zapata Leos.
Dijo que el periodo de noventa días naturales concluirá el 27 de agosto del presente año.
Agregó que, a partir del inicio de este periodo, los promotores y sus auxiliares deben organizarse para buscar el apoyo requerido en la ley.
El Consejo Estatal del IEE aprobó el jueves 25 el inicio de cuatro procesos de revocación de mandato, tres de ellos para presidencias municipales, incluyendo la de Juárez, y uno más para una diputación.
Para el caso de Juárez, el solicitante de este instrumento de participación política deberá recabar 58 mil 026 firmas. Para la consulta de revocación del cargo de presidente municipal de Práxedis G. Guerrero serán 880 y mil 101 en el caso de Gómez Farías.
Para el proceso de revocación del cargo de diputada del Distrito Local 10 las firmas válidas deberán ser 10 mil 349.
“De cumplir con estos requisitos, y nosotros verificar que el listado nominal y el de los apoyos registrados coincida y sea auténtico, a finales de este año se realizarán las temporadas de consultas”, señaló el consejero.
Yuri Zapata dijo que la Ley de Participación Ciudadana no establece montos o límites de gasto de campaña para los mecanismos de participación ciudadana.
Sin embargo, agregó, el IEE es una autoridad que puede vigilar este tipo de situaciones.
“Se pueden recibir las quejas o denuncias que tengan que ver con el proceso de información o de difusión, tanto de los promoventes como de las propias autoridades que están sometidas al mecanismo de revocación”, explicó.
Detalló que para que proceda la revocación de mandato, en el caso del municipio de Juárez se requiere que se manifieste en ese sentido el 35 por ciento del listado nominal.
Respecto a los municipios Práxedis G. Guerrero y Gómez Farías, se requiere del 40 por ciento del listado nominal y para el Distrito X, se debe de contar con mínimo del 30 por ciento del listado nominal correspondiente a cada una de las demarcaciones.