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Luego de seis meses en los que se suspendió el trámite de cambio de Afore ante la volatilidad en los mercados financieros y que provocó episodios de minusvalías, se liquidó la totalidad de solicitudes por parte de los trabajadores que pidieron pasar sus recursos a otra administradora.

De acuerdo con la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar), se transfirieron 536 mil 729 cambios de Afore, movimiento conocido como traspaso, por un monto de 91 mil millones de pesos.

Cabe recordar que el 16 de diciembre de 2022 la Consar decidió suspender los traspasos entre administradoras, como medida para evitar que los trabajadores tuvieran afectaciones en su ahorro.

Esa medida fue criticada por la industria al considerar que se mermaba la competencia y que se afectaba el derecho de los titulares con cuenta de Afore a elegir a la administradora de su preferencia.

Así, la Consar explicó que a partir del 29 de mayo de 2023, con la aprobación mayoritaria de la industria, se ejecutaron los procesos correspondientes para la liquidación de los recursos de los trabajadores que decidieron cambiarse de administradora entre el 16 de diciembre de 2022 y el 28 de mayo de 2023.

Garantizado el derecho de los trabajadores de cambiarse de Afore

“En el Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR), el derecho a la libre elección de Afore está garantizado y la reprogramación antes señalada, no impidió en ningún caso que los trabajadores pudieran ejercer el cambio de Afore”, indicó.

Agregó que “llevó a cabo esta medida en el pleno ejercicio de las facultades legalmente conferidas a esta Comisión y con el único fin de proteger en todo momento el ahorro de los cuentahabientes del SAR”.

El organismo aseveró que la competencia entre las Afores no se vio afectada por la medida establecida, “toda vez que los trabajadores y las administradoras, siempre estuvieron en posibilidades de solicitar los traspasos”.

Recordó que elegir una Afore adecuada es un paso importante para asegurar un futuro financiero sólido durante la etapa de retiro, con lo que la pensión juega un papel fundamental en el bienestar de los trabajadores mexicanos al final de su vida laboral.

“La Consar recomienda tomar en cuenta cuatro factores importantes antes de elegir o cambiarse de Afore. Corroborar que los rendimientos que da a ganar la Afore sean consistentes. Optar por que la comisión que cobra sea baja. Privilegiar un buen servicio al cliente. No traspasarse cuando haya inestabilidad financiera”, dijo.

El auditor superior del Estado, Héctor Acosta Félix, informó que Chihuahua ocupa el segundo lugar nacional en número de servidores públicos sancionados por faltas administrativas graves.

En comunicado de prensa de la Auditoría Superior del Estado (ASE), se informó que Acosta Félix participó en reunión de la Comisión de Fiscalización del Congreso del Estado.

El auditor acudió al llamado de la Comisión de Fiscalización para explicar el Informe Anual de Avances entregado recientemente, así como dar respuesta a los comentarios realizados por la fracción parlamentaria de Morena respecto a la labor de revisión de la Cuenta Pública 2021.

Acosta Félix consideró necesarias reformas legales que se ajusten a los requerimientos del nuevo Sistema de Fiscalización.

Destacó que del 2019 a la fecha se han logrado 10 sentencias condenatorias dictadas por el Tribunal Estatal de Justicia Administrativa (TEJA), lo que demuestra que hay avances significativos en el nuevo Sistema de Fiscalización y la capacitación a servidores públicos funciona.

Sin embargo, indicó, “es importante la revisión de algunos conceptos legales para sancionar las conductas irregulares detectadas en las auditorías”.

Como ejemplo mencionó que el 62 por ciento de los expedientes que la ASE integró y fueron resueltos por el  TEJA sin responsabilidad, eran casos señalados dentro de las auditorías por “contratación indebida”.

Detalló que se encontraron como funcionarios de las administraciones municipales a familiares de los miembros del Ayuntamiento, lo cual prohíbe el Código Municipal; sin embargo, a la hora de resolver, el criterio del Tribunal fue que el término “funcionario” no está definido dentro de la Ley y por lo tanto la conducta no encuadra en una falta.   

Acosta Félix agregó que en el Informe de Resultados de la Cuenta Pública 2021 se sugirió al Congreso del Estado gestionar ante el Legislativo Federal revisar la Ley General de Responsabilidades y, en su caso, reformar, modificar o derogar ese tipo de conceptos que impiden que algunas conductas irregulares sean tratadas como tales.

En la reunión estuvieron presentes todos los miembros de la Comisión presidida por la diputada Leticia Ortega.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que de febrero de 2022 a julio de 2023, atendió a más de 5 mil migrantes que tramitaron su Registro Federal de Contribuyentes (RFC) como personas físicas.

Lo anterior como resultado de la implementación de un mecanismo de atención prioritaria a migrantes residentes temporales o permanentes, refugiados en México, así como a mexicanos repatriados o en retorno.

Si eres migrante, no tienes RFC y te interesa registrarte, debes seguir los siguientes pasos.
Debido a que es un trámite presencial, hay que sacar una cita, se puede agendar en https://citas.sat.gob.mx/, y presentar la siguiente documentación.

Para el caso de extranjeros con condición de estancia de residentes temporales o permanentes hay que llevar los siguientes documentos:

-Documento migratorio emitido por el Instituto Nacional de Migración (INM) para acreditar su estancia en territorio nacional, mismo que sirve como identificación oficial:
-Tarjeta de residente permanente.
-Tarjeta de residente temporal.
-Tarjeta de visitante por razones humanitarias o Tarjeta de visitante con permiso para realizar actividades remuneradas o Tarjeta de visitante trabajador fronterizo o Tarjeta de residente temporal de estudiante.
-Comprobante de domicilio del lugar donde vive, con antigüedad no mayor a cuatro meses.
-Clave Única de Registro de Población (CURP) temporal con fotografía, la cual se tramita ante las oficinas de representación del INM, misma que puede ser utilizada como identificación oficial.
Si eres extranjero con calidad de refugiado:
-CURP temporal con fotografía, la cual se tramita ante las oficinas de representación de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR) o del INM.
-Documento de reconocimiento de calidad de refugiado emitido por la COMAR.
-Comprobante de domicilio del lugar donde vive, con antigüedad no mayor a cuatro meses.
En caso de mexicanos repatriados se necesita:
-CURP temporal con fotografía.
-Comprobante de domicilio del lugar donde vive, con antigüedad no mayor a cuatro meses.
-Credencial para votar desde el extranjero emitida por el Instituto Nacional Electoral (INE).
Para los mexicanos en retorno se requiere:
-CURP permanente, la cual se tramita en el Registro Civil o ante las Oficinas Consulares de México en el exterior.
-Acta de nacimiento o carta de naturalización en original.
-Comprobante de domicilio del lugar donde vive, con antigüedad no mayor a cuatro meses.
-Credencial para votar desde el extranjero emitida por el INE.

El SAT informó que para las personas extranjeras que no cuenten con autorización para desempeñar una actividad remunerada, pero necesitan el RFC para otros fines, tienen que exhibir un escrito libre en el que manifiesten, bajo protesta de decir verdad, los motivos por los que requieren su inscripción en el RFC.

Por dilatar la estancia de personas en contexto de movilidad internacional en la estación migratoria del Instituto Nacional de Migración (INM) en Iztapalapa, Ciudad de México, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación a la Fiscalía General de la República (FGR), que dirige Alejandro Gertz Manero.

De acuerdo con el organismo que encabeza Rosario Piedra Ibarra, un grupo de personas de origen salvadoreño ingresó el 11 de febrero de 2022 a dichas instalaciones del INM y, no obstante, tras ser consideradas víctimas de delito dentro de una carpeta de investigación, se les impidió su salida de ese recinto migratorio ocasionando que su estancia se prolongara de manera injustificada.

En un comunicado, la Comisión Nacional expresó que se advirtió que personal de la FGR al requerir al INM mantener alojadas a las personas agraviadas para la realización de diligencias ministeriales y jurisdiccionales, ocasionaron una dilación de 27 días de retraso en el periodo legal para que ese Instituto emitiera la resolución de los procedimientos administrativos migratorios de las víctimas, propiciando con ello que se conculcara lo establecido en el artículo 111 de la Ley de Migración, que dispone que el INM determinará la situación migratoria de las personas extranjeras presentadas en un plazo no mayor de 15 días hábiles, contados a partir de su presentación.

Dijo que se contó con elementos que evidenciaron violaciones a los derechos humanos, a la seguridad jurídica y a la libertad personal, en agravio de las víctimas, atribuibles a servidores públicos de la FGR.

Por ello, pidió a la corporación su colaboración en el trámite ante la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, para la inscripción en el Registro Nacional de Víctimas de quien por derechos corresponda. También solicitó que se proceda a la inmediata reparación integral del daño, la cual deberá incluir la medida de compensación correspondiente en términos de la Ley General de Víctimas; que se les otorgue la atención psicológica que requieran, la cual deberá brindarse por personal profesional especializado y de forma continua, atendiendo a su edad y necesidades específicas; así como proveerles de los medicamentos convenientes a su situación.

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