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Consejería Jurídica

Hoy 24 de octubre, la Consejería Jurídica de Presidencia, encabezada por Ernestina Godoy, pidió iniciar proceso en contra de la jueza Nancy Juárez, en el marco de las suspensiones y procesos en contra de la reforma al Poder Judicial.

Es violatoria y carece de validez jurídica, la suspensión que otorgó la jueza Nancy Juárez, titular del Juzgado Décimo Noveno de Distrito en el Estado de Veracruz, advierte la Consejería Jurídica de Presidencia en una carta de 12 páginas.

Esto luego de que la jueza pidió a la presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo, eliminar la publicación del Decreto de Reforma Constitucional del Poder Judicial en el Diario Oficial de la Federación.

Acción que recibió la “más enérgica inconformidad”, ya que, de acuerdo con la Consejería Jurídica de Presidencia, ningún órgano del Poder Judicial de la Federación (PJF) tiene jurisdicción para pronunciarse por la reforma al Poder Judicial.

Según exponen en la carta enviada a la presidenta del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), Norma Piña, que:

  • La juzgadora Nancy Juárez así como cualquier otro funcionario judicial se abstengan de emitir resoluciones similares a la cuestionada en la carta
  • Se emprendan las acciones y procedimientos necesarios para activar el Sistema de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Poder Judicial de la Federación

Ello al asegurar que los procedimientos y suspensiones en contra de la reforma al Poder Judicial, resultados de un juicio de amparo, son “frutos de actos viciados de origen y por lo tanto devienen nulos de pleno derecho”, además de que carecen de toda validez legal.

La Consejería Jurídica de Presidencia de la República acusó que con su acción de inconstitucionalidad en contra de la nueva Ley Minera los diputados de oposición pretenden que el Estado mexicano pierda nuevamente la rectoría sobre los recursos minerales.

En el informe de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal relativo a la acción de inconstitucionalidad 129/2023 que analiza la SCJN, la dependencia destacó que con la actualización de la norma ahora debe realizarse consulta previa, libre, informada, culturalmente adecuada y de buena fe, a los pueblos y comunidades indígenas para obtener su consentimiento en el otorgamiento de concesiones mineras.

“También hace hincapié en que dicha ley reconoce expresamente el derecho constitucional a la consulta indígena y garantiza que el impacto socioeconómico que produce la actividad minera contribuya al desarrollo de esa población”.

Por ello, dijo la Consejería en un comunicado, es cuestionable que los legisladores de oposición se opongan a que la Ley garantice la realización de este tipo de consultas a la población indígena, así como al pago que deben realizar los concesionarios a las comunidades por el uso de sus tierras y aguas.

“El decreto impugnado permite recuperar la rectoría del Estado sobre los recursos minerales e hídricos que se encuentran en el subsuelo mexicano y que son del dominio directo de la nación”.

Acusó que el pretender invalidar esta reforma solo responde a los intereses económicos privados y no al beneficio colectivo de las comunidades.

“Los diputados de oposición se niegan a reconocer que el Estado mexicano cuenta con capacidad técnica y científica para la exploración de minerales. Desconocen que, desde 1944, inició la investigación sobre los recursos minerales en el territorio nacional. Con el Servicio Geológico Mexicano se ha fortalecido esta capacidad”.

Por ello es necesario que, así como los representantes de los intereses de los concesionarios mineros impugnan la ley, sus beneficiarios defiendan ante la SCJN los derechos de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, así como los beneficios que en materia ambiental establece la reforma impugnada.

“De declararse su invalidez, se estaría manteniendo una situación injusta que sólo favorece a unos cuantos grupos de interés privado que se niegan a asumir su responsabilidad social”, advirtió.

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