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INAI

Una jueza en materia administrativa concedió la suspensión definitiva al Consejo Consultivo del Inai para que la Junta de Coordinación Política del Senado cese en la omisión de nombrar a los comisionados del organismo que faltan.

Además, un Tribunal Colegiado declaró infundada la queja que la oficina jurídica del Senado interpuso contra la suspensión provisional que la jueza Decimoséptimo de Distrito en materia Administrativa, Celina Angélica Quintero Rico, otorgó en abril al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales para que el Senado nombre al sustituto del excomisionado, Francisco Javier Acuña Llama, y los comisionados restantes.

Por unanimidad de votos, los magistrados del Vigésimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito declararon infundado el recurso de queja de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Senado contra la determinación de la jueza Quintero Rico.
En la queja, la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Cámara de Senadores alegó que la jueza no debió conceder la suspensión provisional en los términos en los que lo hizo, ya que la medida cautelar no puede tener efectos restitutorios, sino de conservar la materia del juicio de amparo, argumento que fue desechado por los magistrados.

Asimismo, los abogados acusaron que el juez no analizó la demanda de amparo, lo que también fue rechazado por los magistrados.

En sesión por videoconferencia, el magistrado Fernando Silva García aseguró que ningún poder constituido tiene facultades para inhabilitar el funcionamiento de un órgano como el Inai, nacido desde la propia Constitución.

“Ningún poder constituido, en este caso el Senado, tiene facultades para desactivar o inhabilitar, directa o indirectamente, deliberada o accidentalmente, el funcionamiento de un órgano constitucional autónomo, de garantía de los derechos humanos, a la transparencia y a los datos personales, nacido desde la propia Constitución, como el Inai”, indicó.

El Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) calificó de “trascendente” el fallo de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en el que ratificó la facultad de dicho organismo para calificar, de manera preliminar y únicamente con fines de acceso a la información, la existencia de violaciones graves a derechos humanos, sin que ello implique invadir las atribuciones de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).

Asimismo, el Máximo Tribunal determinó la validez de la resolución del Pleno del Inai, propuesta por la ponencia de la Comisionada Norma Julieta del Río Venegas, mediante la cual le ordenó a la CNDH proporcionar versión íntegra de un expediente relacionado con el hallazgo en 2010, de fosas clandestinas en el Municipio de San Fernando, Tamaulipas, por tratarse de una investigación sobre violaciones graves de derechos humanos o delitos de lesa humanidad.

En contra de esa resolución, la CNDH promovió ante la SCJN una controversia constitucional, argumentando que el Inai se atribuyó incorrectamente competencias para determinar que la información solicitada versaba sobre hechos presuntamente relacionados con violaciones graves a derechos humanos, cuando esa facultad es solo de la Comisión Nacional.

Sin embargo, la Primera Sala consideró que, ante la negativa de la CNDH de otorgar la información, el Inai no solo es competente para conocer el recurso de revisión correspondiente, sino que tiene, entre sus facultades, establecer, preliminarmente o prima facie, si los hechos contenidos en la carpeta solicitada constituían violaciones graves a los derechos humanos con el objeto de otorgar acceso a su contenido.

El Máximo Tribunal concluyó que el Inai, al emitir dicha resolución, actuó dentro del marco constitucional de las atribuciones que tiene conferidas y no invadió de ninguna manera la esfera competencial de la CNDH, al haber calificado, para efectos de acceso a la información, que los hechos contenidos en el expediente solicitado involucraban violaciones graves a los derechos humanos y, por tanto, debía otorgarse acceso íntegro al documento.

“Las Comisionadas y el Comisionado del Inai consideran que este fallo de la SCJN da cuenta de la importancia de que el Pleno del Instituto pueda sesionar y seguir emitiendo resoluciones en favor de la sociedad, así como del carácter instrumental del derecho de acceso a la información para el ejercicio de otros derechos, como el de la verdad y la justicia”, declararon los Comisionados a través de un comunicado.

Agregaron que la determinación de la Corte “demuestra también que las facultades del Instituto establecidas en la Constitución mexicana son intransferibles e insustituibles, y que su función es primordial para conocer información que de otra forma permanecería oculta, en este caso, sobre los lamentables hechos ocurridos en San Fernando, Tamaulipas, relacionados con violaciones graves a derechos humanos”.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite el recurso de reclamación que el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) tramitó contra la resolución de la ministra Loretta Ortiz Ahlf, quien en abril negó la suspensión al organismo para sesionar con cuatro de los siete comisionados.

“Con el oficio y los anexos, fórmese y regístrese el expediente físico y electrónico, relativo al recurso de reclamación que hace valer el Director General de Asuntos Jurídicos del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, cuya personalidad tiene reconocida en la controversia constitucional citada al rubro, en contra del proveído de veinticuatro de abril de dos mil veintitrés, dictado por la Ministra instructora Loretta Ortiz Ahlf, en el incidente de suspensión de la controversia constitucional 280/2023, mediante el cual se negó la medida cautelar. Se admite a trámite el recurso de reclamación que hace valer”, se indicó.

Conforme al registro que lleva la Subsecretaría General de Acuerdos de la SCJN, la impugnación se turnó al ministro Javier Laynez Potisek para la elaboración de un proyecto de resolución que se someterá al pleno.

La ministra Loretta Ortiz negó la suspensión al Inai porque no existe “motivo válido” para desaplicar el artículo 33 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LFTAIP).

Ante ello, el Inai anunció que evalúa acudir ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) para presentar su caso.

La Comisionada Presidenta del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), Blanca Lilia Ibarra Cadena, denunció ante sus homólogos de diversos países, presiones políticas y reticencia al escrutinio.

Lo anterior, al asumir la Presidencia de la Red para la Integridad, para el periodo 2023-2025, la cual se conforma por 19 instituciones de cuatro continentes.

“Hoy la falta de designación de tres comisionados en el INAI ha puesto en entredicho el ejercicio de dos derechos humanos de las y los mexicanos. No obstante, aun frente a la adversidad, tengo la certeza de que juntas y juntos, con nuestro trabajo y resultados, habremos de superar estos desafíos, demostrando la valía y la importancia de nuestras instituciones en la construcción de una cultura de integridad que reduzca los recovecos donde la corrupción puede anidarse y proliferar”, subrayó.

Ante representantes de las instituciones integrantes de la Red, la Comisionada Presidenta presentó el plan de acción para el periodo 2023-2025, basado en tres pilares estratégicos: primero, la cooperación, integración e interlocución de los miembros para incentivar la participación abierta; segundo, la vinculación con actores externos a la Red para establecer alianzas estratégicas, y tercero, la promoción del intercambio de experiencias y mejores prácticas.

“Afrontamos retos importantes e inmediatos en diferentes países del mundo, como crisis humanitarias, conflictos sociales, estancamiento económico y sistemas políticos con problemas de legitimidad y asolados por el ominoso fenómeno de la corrupción; no obstante, tengo la certeza de que, juntas y juntos, podemos lograr grandes resultados en los próximos años”, manifestó.

El objetivo de la red, es compartir las mejores prácticas, planes de trabajo y mecanismos para promover la integridad, así como el combate a la corrupción y a la impunidad en todos los niveles de la vida pública.

Durante su participación virtual en la Cuarta Reunión Plenaria de la Red, que se lleva a cabo en Rumania, Ibarra Cadena se comprometió a que el INAI será un facilitador imparcial, objetivo y con disposición permanente al diálogo.

“Debemos unir esfuerzos y trabajar incansablemente para incrementar la calidad y la confianza de nuestras instituciones democráticas, empoderar a la población y fortalecer la ética en todas las esferas de la vida pública, incluyendo la promoción de la responsabilidad y la honestidad en todas las acciones y decisiones públicas”, exhortó.

En la sesión plenaria participaron representantes de las 19 instituciones que conforman la Red para la Integridad, creada en 2016.

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