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INAI

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), cuyo Pleno acumula cerca de siete mil medios de impugnación sin resolver, por no poder sesionar, resulta incómodo ante el poder porque, cada vez más, se posiciona como un medio de defensa ciudadano ante los abusos y arbitrariedades de algunas instituciones públicas reticentes a entregar información, sostuvo la comisionada presidenta de la Institución, Blanca Lilia Ibarra Cadena.

Durante una reunión con integrantes del Club de Industriales de Querétaro, Ibarra Cadena explicó que, el alto grado de complejidad técnica del INAI, le permite resolver asuntos de relevancia nacional, priorizando el carácter técnico por encima de las coyunturas políticas e influencias del poder.

El INAI, remarcó Ibarra Cadena, es también un pilar del sistema de pesos y contrapesos porque vigila al poder, defiende a la ciudadanía de abusos y arbitrariedades, puede presentar medios de impugnación constitucional, para revertir acciones que contravengan los derechos que tutela y porque actúa con autonomía, imparcialidad y criterios técnicos.

Muestra de lo anterior, dijo, es que en el último informe de labores presentado ante el Senado de la República, “más del 80 por ciento de los recursos que resolvimos, les dimos la razón a los ciudadanos, por eso digo que el INAI es imparcial, es independiente y actúa con autonomía y compromiso social”, expresó la también Presidenta del Sistema Nacional de Transparencia.

Además de ser un pilar clave para el equilibrio del poder, señaló, el INAI cumple más funciones, como coadyuvar al respeto de los principios y derechos propios de un sistema democrático: permite evaluar a los gobernantes, hace posible la rendición de cuentas, fortalece la legitimidad del sistema democrático, coadyuva en el combate a la corrupción, los derechos que tutela el INAI permiten corroborar el respeto al Estado de Derecho, fortalecen el debate y deliberación pública, el voto informado y la mejora de políticas públicas, entre otras.

Al detallar las utilidades sociales del organismo garante nacional, Ibarra Cadena comentó que el derecho de acceso a la información y el de la protección de datos personales son derechos llave, porque permiten acceder a otros derechos como la salud, la educación, la justicia o a las semanas cotizadas ante las instituciones de seguridad social; así, cuando las personas conocen y aprenden a instrumentalizar estos derechos pueden acceder a becas, servicios públicos, reencontrarse con su familia e incluso salir de la cárcel, al identificar inconsistencias en sus procesos.

Respecto a la utilidad del INAI para el desarrollo económico y empresarial, la también Presidenta de la Conferencia Internacional de Comisionados de Información (ICIC), explicó que, al transparentar la actuación de los gobiernos de todos los niveles, se genera certeza a los inversionistas y se aminoran las asimetrías de información que derivan en fugas de capitales; “cuando falta transparencia, la inversión extranjera disminuye”.

Mencionó que el derecho a la información también ayuda al sector privado a mejorar sus estrategias de inversión, ya que permite determinar la viabilidad de éstas, porque se puede conocer previamente la infraestructura, apoyos fiscales y los planes gubernamentales.
La Comisionada Ibarra Cadena refirió que la protección de datos personales, derecho que también tutela el INAI, da a los consumidores más confianza sobre los productos y procesos, especialmente, en materia de pagos en línea, también ayuda a las empresas a prevenir ciberataques.

Al hablar sobre la falta de tres comisionados en el Pleno del INAI, señaló que esto ha provocado que la máxima instancia colegiada del organismo garante nacional haya superado los 100 días sin sesionar y, por ende, haya acumulado más de siete mil medios de impugnación sin resolución.

La Comisionada Presidenta, señaló que otras consecuencias de la falta de sesiones del Pleno son que no puede atender las quejas contra las resoluciones de institutos locales o la falta de resolución de éstos, tampoco puede atraer asuntos locales de trascendencia nacional, resolver denuncias de incumplimiento a obligaciones de transparencia, ni promover acciones de inconstitucionalidad o controversias constitucionales.

Ibarra Cadena indicó que, a nivel internacional, la falta de sesiones en el Pleno del INAI, en el caso del Tratado de Libre Comercio de México con Estados Unidos y Canadá, afecta la función del organismo garante nacional como tercero certificador en el Sistema de Reglas de Privacidad Transfronterizas (CBPR), ya que no puede emitir normas al respecto.

“Sin instituciones como el INAI, obviamente no hay certeza jurídica y la confianza de los inversionistas se esfuma, se va, por los altos índices de incertidumbre (…) en el INAI tenemos la firme convicción de que no podemos dejar pasar este momento de coyuntura, porque no solamente como mexicanas y mexicanos que somos, debemos defender a las instituciones del Estado mexicano, más aún si éstas a su vez defienden derechos humanos” remarcó la Comisionada Presidenta del INAI.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) acordó returnar la controversia constitucional del Instituto Nacional de Transparencia (INAI) contra la omisión del Senado en el nombramiento de los comisionados, al ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, para efecto de elaborar un nuevo proyecto de sentencia, con el criterio de la mayoría, luego de que la propuesta de la ministra Loretta Ortiz fue desechada por mayoría de ocho votos contra tres.

“El Tribunal pleno acordó returnar la presente controversia constitucional entre las ministras y ministros de la mayoría para efecto de elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Al respecto, túrnese este expediente al ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, para elaborar el proyecto de sentencia correspondiente, en estricto apego al registro que se lleva en la Subsecretaría General de Acuerdos y de conformidad con lo determinado por el Pleno de este Alto Tribunal”, se publicó en la lista de notificaciones de la SCJN.

El proyecto de González Alcántara Carrancá deberá establecer los efectos de la decisión que el jueves tomó el máximo tribunal del país, en el sentido de que el Senado ha sido omiso en el nombramiento de los comisionados faltantes para que el INAI pueda sesionar y ejercer sus facultades constitucionales plenas.

Por lo que, le podría otorgar al Senado un plazo para que lleve a cabo las designaciones o permitir al INAI sesionar con cuatro de los siete comisionados que integran el pleno.

La ministra Margarita Ríos Farjat afirmó ayer que la Corte debe remediar la falla que le impide al órgano de transparencia el despliegue de sus competencias constitucionales, para “no perpetuar una crisis institucional en el orden jurídico nacional”.

“A mi parecer los entes colegiados del Estado mexicano no deben quedar disfuncionales por falta de quórum”.

Ante ello, consideró que lo “primero que debe de hacerse es reparar el desequilibrio que se genera ante una imposibilidad de que un órgano del Estado pueda desplegar sus competencias constitucionales. Para atender este punto, considero viable que ante la incompleta integración y hasta en tanto el Senado de la República no designe a las personas faltantes, se establezca como efecto en la sentencia, que el pleno del INAI pueda sesionar válidamente con la asistencia de las cuatro personas comisionadas que actualmente integran el órgano”.

La propuesta ya fue respaldada por los ministros Javier Laynez Potisek, Luis María Aguilar Morales y Arturo Zaldívar.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó el proyecto de la ministra Loretta Ortiz, que planteaba declarar infundada la impugnación del Instituto Nacional de Transparencia (INAI) contra la omisión del Senado en el nombramiento de los comisionados faltantes.

Por mayoría de 8 votos contra tres, el pleno determinó que sí hay omisión del Senado en los nombramientos.

Contrario a lo señalado por la ministra Loretta Ortiz, la mayoría de los ministros del Alto Tribunal coincidieron que la demora y dilación de 469 días sin nombramientos de comisionados no tiene justificación alguna, y el Senado debe ejercer su facultad de designación.

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) inició este jueves el análisis del proyecto de sentencia de la ministra Loretta Ortiz Ahlf, que plantea invalidar la impugnación del Instituto Nacional de Transparencia (INAI) contra la omisión del Senado en el nombramiento de los comisionados que faltan.

Para Ortiz Ahlf la Cámara Alta no ha incurrido en ninguna omisión, puesto que no “debe llevarse al extremo considerar que mientras existan lugares de comisionados que no han sido ocupados”, se configura dicha violación.

Se requiere de una mayoría simple de seis votos para ser aprobado o rechazado el proyecto de la ministra Loretta Ortiz.

En caso de que sea rechazado, el caso se turnará a otro ministro para elaborar y presentar un nuevo proyecto sobre la controversia constitucional presentada por el Inai.

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