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La Sala Superior del Tribunal Electoral resolvió la inaplicación del artículo transitorio 17 del Plan B de la Reforma Electoral, por el que se destituyó a Edmundo Jacobo, secretario ejecutivo del INE, al señalar que incide en la autonomía constitucional de órgano electoral.

Por tanto, se resuelve la inaplicación del artículo transitorio, así como la declaración de que Edmundo Jacobo, titular de la Secretaría Ejecutiva, debe continuar con el cargo.

La sentencia obtuvo un empate de tres votos a favor y tres en contra, por lo que el magistrado presidente, Reyes Rodríguez Mondragón emitió un voto de calidad por el que se aprobó la sentencia.

El secretario ejecutivo, Edmundo Jacobo, presentó un escrito de desistimiento de su juicio, por lo que los magistrados consideraron que se perdió la oportunidad de discutir el caso desde otra perspectiva.

“El artículo transitorio constituye una norma privativa e incide en la autonomía del órgano constitucional y en las facultades constitucionales del Consejo General “, señala la sentencia.
Señala que el Congreso de la Unión no puede determinar en una disposición transitoria que el titular de la Secretaría Ejecutiva debe cesar sus funciones, ni puede establecer parámetros al Consejo General para hacer una nueva designación.

La magistrada Janine Otálora, quien elaboró el proyecto, consideró que la norma es inconstitucional porque incide con la independencia del INE, ya que tiene la facultad exclusiva de nombrar al titular de la Secretaría Ejecutiva.

“La autonomía constitucional con la que cuenta el Instituto Nacional Electoral busca evitar la injerencia o presión de agentes externos, o la intromisión de los poderes constituidos que pudieran poner en riesgo su operación y el cumplimiento de sus funciones”, subrayó.

Por tanto, expuso que este artículo transitorio contraviene de manera frontal la Constitución, ya que ésta determina con claridad que el Consejo General tiene la facultad de nombrar y, por tanto, remover al titular de la Secretaría Ejecutiva.

En contra de la propuesta, la magistrada Mónica Soto consideró que la demanda del INE debería desecharse, ya que éste no tiene interés jurídico en el caso.

“No advierto que la autoridad electoral recienta un perjuicio en su esfera jurídica, ni que se obstaculicen las funciones que constitucionalmente tienen encomendadas, pues pueden nombrar a quien ellos deciden”, apuntó.

En el mismo sentido, el magistrado Indalfer Infante consideró que la Sala Superior no tiene competencias para resolver las controversias entre uno de los poderes de la unión y un órgano autónomo.

La elección de los seis magistrados que faltan para completar el pleno del Poder Judicial deberá esperar a que se aprueben y entre en vigor las reformas a la constitución local.

Así lo dio a conocer la magistrada presidenta del Tribunal Superior de Justicia, Myriam Hernández, quien especificó que la falta de magistrados no afectará el funcionamiento de las salas del Poder Judicial, toda vez que están en funciones los encargados de despacho en cada una de esas áreas.

La magistrada mencionó que, la modificación constitucional, se trabaja en una serie reformas a la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Al ser cuestionada respecto a los perfiles de los próximos magistrados, dijo que se ha buscado un acercamiento con organismos a nivel estatal y colegios de otros entidades.

“Tenemos reuniones prácticamente de manera bimensual y hemos resuelto todas las inquietudes; no siempre se hace de inmediato”, dijo Hernández.

Contradice Adriana Terrazas a magistrada presidenta

Adriana Terrazas Porras, presidente del Congreso del Estado, contradijo a la magistrada presidente del Tribunal Superior de Justicia, ya que dijo no tener conocimiento de una reforma presentada en la materia.

“Me ha comentado de manera informal que va a presentar una reforma, no hemos tratado el tema no sé exactamente en qué sentido venga. Me lo ha comentado cuando hemos coincidido en algún evento”, afirmó Terrazas Porras.

Sin embargo, consideró necesario que se dé una reforma para la elección de magistrados. Aunque ésta es una actuación propia de los poderes, por lo que como integrante del Poder Legislativo buscará llevar a cabo acciones dentro de su competencia.

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