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TEPJF

Presentan ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) una nueva impugnación en contra del PRI.

Este nuevo recurso fue un Juicio para la Protección de Derechos Políticos Electorales para suspender la convocatoria que emitió el pasado 12 de julio la Comisión de Procesos Internos del PRI, la cual busca renovar la dirigencia del partido del periodo 2024-2028.

El recurso fue interpuesto por Los expresidentes del PRI Enrique Ochoa Reza y Pedro Joaquín Coldwell, con el respaldo de Dulce María Sauri Riancho y Manlio Fabio Beltrones Rivera, 

Además solicitaron que esta impugnación se acumule a la que promovieron contra la Asamblea Nacional el jueves pasado.

Señalaron que es inconstitucional e ilegal que se pretenda realizar la renovación del PRI, de la dirigencia y de la secretaria general, sobre la base de las reformas a los documentos básicos. 

Los expresidentes solicitaron suspender el proceso interno de renovación de la dirigencia con el fin de impedir los “daños de imposible reparación”.

Este es el segundo recurso jurídico que se presenta. 

Antes de que arrancara el proceso electoral de 2024, el presidente Andrés Manuel López Obrador coaccionó el voto de la ciudadanía, determinó hoy la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

De acuerdo con la autoridad, el mandatario vulneró los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda.

Además,  usó indebidamente recursos públicos y programas sociales; realizó promoción personalizada y difundió propaganda gubernamental en periodo prohibido.

Xóchitl Gálvez, excandidata presidencial de la alianza PAN-PRI-PRD, aseguró que la resolución del Tribunal confirma que hubo ”una elección de Estado”.

El Tribunal informó que la entonces jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum, también fue responsabilizada de vulnerar principios constitucionales.

Por esta misma conducta también fueron responsabilizados Jesús Ramírez Cuevas, coordinador de Comunicación Social y vocero de la Presidencia de la República; Sigfrido Barjau de la Rosa, titular del Centro de Producción de Programas Informativos y Especiales (Cepropie); Jenaro Villamil, entonces presidente del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano (SPR); Jessica Ramírez, directora general de Comunicación Digital y Pedro Daniel Ramírez Pérez, jefe de departamento adscrito a la citada Coordinación.

El Presidente de la República no puede ser sancionado por infracciones de índole electoral, únicamente se declara su responsabilidad, de acuerdo con criterios emitidos por la Sala Superior de este tribunal.

De acuerdo a un análisis del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), el presidente Andrés Manuel López Obrador rompió el principio de imparcialidad y usó ilegalmente recursos públicos en 36 conferencias de prensa mañaneras para favorecer a Morena o a su candidata Claudia Sheinbaum.

Así lo concluyó la Sala Especializada TEPJF al analizar un conjunto de impugnaciones a 32 mañaneras realizadas entre mayo y octubre del 2023, y cuatro más, de los días 6, 7, 8 y 9 de febrero de este año.

Pese a que se acreditó la irregularidad, debido a que el presidente no puede ser sancionado por infracciones de índole electoral, de acuerdo con la Constitución, los magistrados solo fijaron multas a Sheinbaum por 10 mil 374 pesos y a Morena por 20 mil 748 pesos, en ambos casos por el beneficio indebido obtenido por las conductas del presidente.

En el análisis de las 32 mañaneras realizadas en 2023, los magistrados concluyeron que el presidente dedicó su espacio matutino a contrastar los procesos internos de los partidos políticos que se encontraban en curso y atribuyó características negativas al ejercicio de la oposición, y asumió una posición a favor de las y los aspirantes a coordinadores de la Defensa de la Cuarta Transformación, en el proceso de las “corcholatas” de Morena.

En ese caso dio vista al Órgano Interno de Control de la Presidencia de la República para que determine lo que corresponda pues en la conducta del presidente también participaron un conjunto de cinco funcionarios públicos.

Entre ellos el vocero presidencial, Jesús Ramírez Cuevas; el director del Centro de Producción de Programas informativos y Especiales (CEPROPIE), Sigfrido Barjau de la Rosa; la directora general de Comunicación Digital, Jessica Ramírez González, y el jefe de departamento adscrito a esa coordinación, Pedro Daniel Ramírez Pérez, además del coordinador de Estrategia Digital Nacional del Gobierno de México, Carlos Emiliano Calderón Mercado.

En otro procedimiento, relativo a cuatro mañaneras del 6, 7, 8 y 9 febrero de este año, los magistrados concluyeron que nuevamente el presidente y además el secretario del Trabajo, Marath Bolaños López, vulneraron los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda y cometieron uso indebido de recursos públicos, por realizar expresiones político electorales en conferencias mañaneras.

En esas ruedas de prensa el mandatario solicitó apoyo a la ciudadanía para dar continuidad a su proyecto de nación, lo que es una expresión de carácter electoral.

Los mismos funcionarios menores de la presidencia fueron responsabilizados de las conductas irregulares y se dio otra vista a la OIC.

En el caso del secretario del Trabajo, se dio vista al Órgano Interno de Control de la Secretaría del Trabajo para que determine lo conducente.

El Instituto Nacional Electoral (INE) remitió ayer a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), ocho juicios relativos a la elección presidencial, así como los informes circunstanciados por los que se acredita la constitucionalidad y legalidad de esta elección.

Los juicios entregados son los siguientes: cinco Juicios para la Protección de los Derechos Político-Electorales de la Ciudadanía (JDC) interpuestos por Xóchitl Gálvez Ruiz, Juan José Ruiz Leal, Guillermo Macías Alanís y Manuel López Palominos.

Además tres juicios de inconformidad, uno del Partido Revolucionario Institucional (PRI); otro de la coalición “Fuerza y Corazón por México” y uno más de la C. Enriqueta Flores.

De acuerdo con la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, los JDC son medios de impugnación para hacer valer presuntas violaciones a los derechos político-electorales, al derecho a votar y ser votado que es interpuesto por una ciudadana o ciudadano o a través de sus representantes legales.

Los juicios de inconformidad tienen como finalidad garantizar la constitucionalidad y legalidad de los resultados de la elección de la Presidencia de la República, senadurías y diputaciones. Es el medio de impugnación, a través del cual los partidos políticos pueden controvertir los resultados de las elecciones federales por error aritmético, nulidades en casillas o no instalación de éstas, o bien, por inelegibilidad de candidatas o candidatos.

La Sala Superior del TEPJF tiene competencia para conocer y resolver, en forma definitiva e inatacable, las controversias que se susciten por los juicios de inconformidad que se presenten en contra de los cómputos distritales de la elección de la Presidencia de la República (art. 169 Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación).

De acuerdo con el Sistema Integral de Medios de Impugnación, al momento se tiene registro de 241 juicios de inconformidad presentados en contra de los cómputos distritales de la elección presidencial; 517 de la elección de diputaciones y 405 impugnaciones relacionadas con la elección de senadurías.

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