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El vocero de Presidencia de la República, Jesús Ramírez Cuevas, destacó que de acuerdo con la Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública (ENVIPE) 2023 del Inegi, dos terceras partes de los ciudadanos ven a los jueces como corruptos.

“En medio de la polémica y discusión sobre la reforma al Poder Judicial, la actuación de los jueces, resulta que el 66% los ciudadanos ven a los jueces corruptos”.

“Aquí no se distingue entre jueces federales y locales, pero en la tarea de impartir justicia el 66% de los ciudadanos, dos terceras partes, son corruptos”, dijo Ramírez Cuevas en la conferencia mañanera.

En Palacio Nacional, el funcionario federal señaló que en la percepción de corrupción la policía de tránsito sigue siendo la institución que genera mayor desconfianza en los ciudadanos.

En contraste, dijo, Marina goza de un 90.1% confianza, el Ejército 87.1% y la Guardia Nacional goza de 80.8% de la confianza de la población.

Mientras que los jueces tienen una percepción de confianza de solo 59.1%.

El vocero de Presidencia presumió que según la encuesta del Inegi menos hogares reportan ser víctimas de delito, hay una disminución en el delito de robo en la calle, transporte público y extensión.

Destacó que sigue a la baja la percepción de inseguridad, sobre todo en colonias y municipios “estamos llegando a niveles de hace 10 años en cuanto a la incidencia de delitos”.

Tras la absolución de “El Cumbias” por tres jueces de un tribunal estatal, el fiscal general César Jáuregui expuso las pruebas que la Fiscalía General del Estado presentó en el caso.

Reprochó que el juzgado no valoró las acusaciones y no concatenó los hechos que “nos hubieran llevado a una verdad histórica” y ante esa resolución dijo que la FGE va a apelar porque están obligados a representar a la sociedad y agotar todas las acciones legales.

Jáuregui aseguró que se utilizó un software de primer nivel denominado Animetrix para analizar el famoso video de la masacre de Creel, así como pruebas de ADN y otras periciales que, sin embargo, los tres jueces no valoraron y en cambio, decidieron liberar al acusado de orquestar el asesinato de ocho personas en el 2010.

“A mí no me corresponde decir si los jueces fueron corruptos, yo nunca daré un comentario contra el Poder Judicial, como lo exige una postura demócrata y de respeto a la división de poderes”, señaló en rueda de prensa en las instalaciones de la Fiscalía. 

“La defensa utilizó un software muy sofisticado… denominado Power Point”, dijo irónicamente el funcionario e indicó que presentó una serie de fotos en las que se pretendió comprobar que había una duda razonable de la presencia de “El Cumbias” en el video mencionado, que era la prueba más importante del caso. 

“Y es donde los jueces dicen que faltan testimoniales, decían que con pruebas químicas; dijeron que no comprobamos que los que se murieron ese día se murieron”, expresó.  

“Yo no voy a calificar la actuación de los jueces y por parte de la FGE nunca van a encontrar declaraciones contra el Poder Judicial, no está en mí ni está en manos de cualquiera que acepta la división de poderes y la democracia”, insistió.  

Agregó que le corresponde dar a conocer lo que hizo la Fiscalía, para que se analice lo que hicieron los jueces y que la opinión pública llegue a su conclusión, porque en última instancia es la ciudadanía la que se forja un criterio.

Luis Rodríguez Bucio, subsecretario de Seguridad Pública (SSPC), denunció a los jueces Roberto Antonio Domínguez Muñoz y Javier Martínez Castillo, por haber cambiado las medidas cautelares en beneficio de dos secuestradores en Puebla, a quienes se les quitó la prisión preventiva oficiosa por la presentación periódica mensual.

Al presentar el informe de Cero Impunidad, el subsecretario detalló el 23 de enero de 2018 una mujer fue secuestrada de su negocio en la ciudad de Puebla presuntamente por Diego “N” y Juan Carlos “N”, quienes la golpearon y pidieron dinero a familiares.

El 26 de enero, la víctima fue rescatada de un motel y los dos presuntos responsables fueron detenidos. El 29 de enero se les formuló imputación y se les impuso la prisión preventiva oficiosa.

El 2 de febrero de ese mismo año fueron vinculado a proceso por el delito de secuestro agravado, ratificando la medida cautelar, y el 24 de diciembre la Fiscalía de Puebla formuló la acusación, sin embargo, ante los reiterados cambios de defensores y prorrogados de la defensa, la audiencia intermedia no ha podido llevarse a cabo.

El 6 de junio de este año, la defensa promovió un amparo par a la revisión de medidas cautelares mismos que fue otorgado por el juez 1 de Distrito en Materia Penal de Puebla, Roberto Antonio Domínguez Muñoz.

“Por ello, el 3 de julio se lleva a cabo al audiencia la revisión de medidas ante el juez de controla de la Región Judicial del Centro del Poder Judicial de Puebla y en esa audiencia el juez Francisco Javier Martínez Castillo sin considerar que las prórrogas en el juicio se debieron a la defensa de la parte acusada ni el peligro que supone la liberación de los secuestradores para la víctima, los testigos y la comunidad, resolvió con libertad de jurisdicción cesar la prisión preventiva por los presuntos secuestradores e imponer nuevas medias como la presentación periódica mensual”.

Señaló que este es un caso en la que de manera atípica se otorga una medida cautelar distinta a prisión preventiva a dos presuntos secuestradores, pues recordó que la pena de este delito va de los 40 a los 100 años de prisión.

El subsecretario de Seguridad, Luis Rodríguez Bucio, exhibió tres casos vinculados al robo de combustibles (huachicol) donde los jueces han favorecido la liberación de presuntos delincuentes.

Al presentar el informe Cero impunidad, en la conferencia del presidente Andrés Manuel López Obrador, el general en retiro informó del caso de una toma clandestina en la colonia Anáhuac en la Ciudad de México, donde el juez Arturo Medel, decretó el no ejercicio de la acción penal contra el dueño del inmueble.

Esto al señalar que la autoridad no acreditó que la toma estuviera en número 100 o 100 bis del inmueble.

El segundo caso, dijo, se trata de caso de la Hacienda San Juan Hueyapan, Hidalgo, propiedad de Ernesto “N”.

Dijo que el 19 de noviembre de 2021 un binomio canino de nombre Bono encontró una toma clandestina, pero el propietario no permitió a Pemex inhabilítala, por lo que la empresa del Estado mexicano presentó una denuncia.

Pero la juez Gabriela Piña Capetillo no consideró como válida esa forma de detención de la toma clandestina.

Luego el enero de 2023 la juez Verónica Gutiérrez dictó auto de no vinculación a proceso contra Ernesto “N”, al considerar que no se acreditaron los elementos de tipo penal aun cuando el propietario aceptó tener conocimiento de las tomas clandestinas.

Esta decisión fue ratificada por el Tribunal Colegiado de Apelación del 29 Circuito.

Rodríguez Bucio dijo que el tercer caso es de un Juez de Control Edgar Alonso Ambriz quien ordenó la liberación de Fernando N, quien fue sorprendido realizando remoción de tierra sobre un ducto en Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco, además lleva consigo un niple.

“A parecer del juez, la pala que traía en la mano no era elemento idóneo para la instalación de una toma clandestina”, acusó Rodríguez Bucio.

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