“A consideración de este Consejo Estatal es necesaria la emisión de criterios para garantizar la paridad de género y las acciones afirmativas idóneas para privilegiar que las mujeres sean postuladas y accedan a un cargo de elección popular en el Proceso Estatal Electoral en igualdad de condiciones que los hombres”, expresaron las y los integrantes del Consejo Estatal del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua.
El consejo determinó que, aunque hubo un gran avance en el ejercicio de los derechos de las mujeres en materia política y electoral en el proceso 2020-2021, es obligatorio para el Consejo Estatal continuar y mejorar las medidas implementadas.
Por ello, determinó en caso de postulación de personas que se autoperciban a una identidad sexo genérica distinta a la cual fue registrada en su acta de nacimiento, la postulación de la candidatura corresponderá al género al que la persona se identifique.
Además, que, la regla señalada en los criterios y materia de análisis garantiza tanto el principio de paridad y cede espacios o lugares asignados a los hombres para las personas no binarias, sector que ha sido discriminado en materia de representación política.
Por lo que, cuando el resultado de las operaciones aritméticas no arroje un 50% exacto para el registro por género de las candidaturas, se considerará el porcentaje que más se acerque a la paridad.
Se deberá rechazar el registro del número de candidaturas de un género que exceda la paridad y si las coaliciones o candidaturas comunes postulan en varios distritos o municipios una cantidad impar de personas, el entero restante se asignará a las mujeres.
Y que si una persona forma parte de más de un grupo en situación de vulnerabilidad, desventaja o discriminación, para efectos de su postulación, la persona se colocará únicamente en una acción afirmativa, lo que se definirá a partir de su autodeterminación.
“Tratándose de la postulación de fórmulas encabezadas por hombres, la posición de suplente puede ser ocupada, de manera indistinta, por un hombre o una mujer”, determinó el consejo, las demás deberán ser titulares y suplentes del mismo género.
Para garantizar el criterio de paridad horizontal, del total de candidaturas que un Partido Político postule, sea de forma individual o en coalición al menos el 50% estarán encabezadas por mujeres.