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El Congreso del Estado aprobó este jueves, modificaciones al Código Penal del Estado de Chihuahua para incrementar la pena de prisión por el delito de evasión de presos.

La iniciativa fue presentada el 23 de enero del año en curso, por el diputado Francisco Sánchez Villegas, después de la fuga de 30 presos del Cereso No. 3 en Ciudad Juárez, que culminó con la muerte de 12 personas.

“Esta Comisión de Justicia considera que únicamente se debe aumentar la pena a las personas que, para evadirse de un penal, ejerzan violencia ya sea en contra de otras personas presas, o en contra de las personas funcionarias de las penitenciarías”, explicó la diputada Georgina Bujanda Ríos. 

Por lo que, solo se aprobó la modificación al artículo 305, en el que a la persona evadida no se le impondrá pena o medida de seguridad alguna, salvo que obre con otra u otras personas privadas de su libertad y se fugue alguna de ellas o ejerza violencia, para lo cual se le impondrá de seis meses a tres años de prisión.

Y si la persona evadida ejerciere violencia en las personas, la pena se aumentará en dos tercios. Mientras que cuando un particular cometa o participe en alguno de los delitos previstos en este Capítulo, llevará la mitad de las sanciones establecidas.

El diputado del Partido Acción Nacional, Gabriel García Cantú, presentó ante el Congreso del Estado una iniciativa para incrementar las penas a aquellas personas deudoras de pensión alimenticia. 

La propuesta es una reforma al artículo 188 del Código Penal para el Estado de Chihuahua, en el que se plantea de 6 meses a un año de prisión a quien incumpla con esta obligación. 

El diputado razonó que los deudores alimenticios no solo niegan el dinero a sus hijas e hijos, sino que comprometen su alimentación, vestimenta, acceso a la recreación y por ende, el disfrute de una vida digna. 

Por lo que, en respuesta a la falta de pago por parte de los deudores, dijo que es necesario aumentar las sanciones y poner más atención desde el legislativo en este tipo de conductas.

En audiencia de juicio oral,  el Juez de Distrito Especializado en el Sistema Penal Acusatorio del Centro de Justicia Penal Federal decretó la pena de nueve años y dos meses de prisión e impuso una sanción económica de 241 Unidades de Medida en  contra Daniel C. y Manuel L., aprendidos en el municipio de Villa López.

La condena fue obtenida por el Ministerio Público de la Fiscalía General de la República (FGR) a través de la Fiscalía Especializada de Control Regional (Fecor) en su Delegación en Chihuahua.

Las dos personas fueron detenidas en marzo de 2022, por elementos de la Guardia Nacional (GN) y Sedena, en el municipio de Villa López, los cuales al circular por un camino de terracería que conduce a la calle 16 de septiembre, observaron una camioneta blindada, en la que viajaban dos personas, quienes al notar la presencia de la autoridad aceleraron la marcha.

Al realizarles una revisión, los agentes les aseguraron a uno de los detenidos un fusil calibre 7.62 x 51mm con un cargador abastecido con 20 cartuchos útiles y una cangurera en la cual traía una pistola calibre .40 mm con un cargador abastecido con once cartuchos útiles.

Mientras que al segundo de los detenidos se le aseguró un fusil tipo AK-47 con un cargador abastecido con 28 cartuchos útiles.

Además, al inspeccionar el vehículo blindado, localizaron en su interior una pistola calibre 9mm con un cargador abastecido con siete cartuchos útiles, una bolsa con 146 cartuchos útiles calibre 7.62 x 51mm y dos cargadores para fusil 7.62 X 399.

De acuerdo con la autoridad judicial, estas personas son consideradas penalmente responsables del delito de portación de arma de fuego con agravante y posesión de cartuchos y cargadores de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas.

Bertha Rocío R. V., fue vinculada a proceso por su probable responsabilidad en varios delitos cometidos en perjuicio de un menor en el municipio de Santa Bárbara.

En comunicado de prensa de la Fiscalía General del Estado, se informó que a Bertha Rocío se le imputan hechos ocurridos entre noviembre del año 2015 y noviembre de 2019, cuando de acuerdo a las investigaciones ministeriales, agredió sexualmente a la víctima en varias ocasiones.

“Además, se le acusa de haberle dado veneno para ratas para ingerir, no obstante, el menor fue llevado a tiempo a un hospital, y la última vez que quiso violentarlo sexualmente, lo aventó provocando que se fracturara el hombro derecho”, indica el comunicado.

Familiares y amigos de Bertha Rocío han realizado manifestaciones en Santa Bárbara exigiendo que sea liberada, ya que señalan que es inocente de los cargos que se le imputan y señalaron públicamente al padre del niño de acusarla con mentiras y de haber ejercido violencia en contra de ella durante años.

El comunicado señala que con los datos de prueba y argumentos incriminatorios expuestos por los agentes del Ministerio Público de la Fiscalía de Distrito Zona Sur, el juez de Control resolvió la situación jurídica de la imputada, a quien le impuso la medida cautelar de prisión preventiva.

El juez fijó un plazo de tres meses para el cierre de la investigación complementaria.

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