• 04 de Marzo 2026

  • Suscríbete
Norte De Chihuahua

Norte De Chihuahua

Más que noticias, hacemos periodismo

  • Especiales
  • Local
  • Estado
  • Política
  • Seguridad
  • Economía
  • Panorama

profeco

La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) anunció que desde este lunes 4 de agosto y hasta el 31 del mismo mes, llevará a cabo un operativo especial para vigilar que los giros comerciales relacionados con el regreso a clases cometan abusos contra la economía de las familias.

A través de un comunicado, la Profeco mencionó que el regreso a clases representa una erogación económica importante para las familias mexicanas que deben considerar la lista de útiles, uniforme escolar, calzado, mochila, libros de texto, transporte escolar y, en algunos casos, compra de dispositivos tecnológicos.

Es por esa razón y para evitar abusos y proteger los derechos del consumidor, que la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) implementará el operativo especial “Regreso a Clases 2025”, del 4 al 31 de agosto.

En ese lapso, personal de la Dirección General de Verificación y Defensa de la Confianza, así como los Departamentos de Verificación y Defensa de la Confianza de las 38 Oficinas de Defensa del Consumidor (ODECO) del país atenderá denuncias, realizará vigilancias focalizadas y orientará a las y los consumidores en puntos estratégicos, se indicó.

El mencionado operativo se realizará en los siguientes giros comerciales relacionados con el regreso a clases:

  • Tiendas de autoservicio y departamentales
  • Tiendas de conveniencia
  • Tiendas de artículos para oficina
  • Tiendas con venta de aparatos electrónicos (Computadoras de escritorio y/o portátiles, tabletas, accesorios o consumibles etc.)
  • Tiendas con venta de uniformes escolares
  • Zapaterías
  • Librerías
  • Papelerías
  • Estudios fotográficos
  • Abarroteras, misceláneas y cremerías
  • Establecimientos con venta de mochilas, portafolios y loncheras
  • Tiendas con venta de telas

La Profeco informó que atenderá las denuncias en contra de proveedores de bienes, productos y servicios que se presenten a través de los medios institucionales, con el fin de verificar que estos ajusten su comportamiento a lo dispuesto por la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC).

También verificará que los bienes, productos y servicios cumplan con la información comercial y las especificaciones estipuladas en las distintas Normas Oficiales Mexicanas (NOM) aplicables, y que los instrumentos de medición (como básculas y relojes registradores de tiempo) empleados en transacciones comerciales, se encuentren ajustados y calibrados a fin de evitar que se afecten los derechos y economía de los consumidores, añade el comunicado.

En caso de que se detecten incumplimientos que puedan afectar la vida, salud, seguridad o economía de una colectividad de consumidores, se podrán aplicar suspensiones parciales de comercialización o inmovilizaciones.

Asimismo la Profeco recordó que el cobro de comisión por pago con tarjeta bancaria es una violación a la LFPC ya que el proveedor está obligado a informar el precio final, de forma notoria y visible, de los bienes, productos o servicios que ofrezca a las personas consumidoras.

Como establece el artículo 7 Bis de la LFPC, el precio de un bien, servicio o producto debe incluir impuestos, comisiones, intereses, seguros y cualquier otro costo, cargo, gasto o erogación adicional y el incumplimiento de este precepto legal puede derivar en multas de los $733.04 a los $2´345,728.71 pesos, añade el comunicado.

Es muy importante que las y los consumidores conserven sus tickets o comprobantes de compra en caso de que deseen realizar una reclamación, cambio, devolución o interponer una queja ante la Profeco en caso de algún incumplimiento, se indicó.

Los canales de comunicación de la Procuraduría son: Teléfono del Consumidor: 55 5568 8722 y del interior del país al 800 468 8722; correo denunciasprofeco@profeco.gob.mx, y redes sociales en X: @AtencionProfeco y @Profeco, y Facebook: ProfecoOficial, apunta el comunicado.

La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) dio a conocer que la información que circula en redes sociales y en algunos medios de información sobre una supuesta lista de alimentos que se pueden ingresar a los cines, es falsa.

La Profeco afirmó que en ningún momento publicó o difundió, a través de sus canales de comunicación oficiales, una supuesta lista de alimentos permitidos para ingresar a estos sitios.

En cuanto a si el proveedor puede obligar a las personas consumidoras a comprar alimentos o bebidas únicamente en sus instalaciones, la Ley Federal de Protección al Consumidor, en su artículo 58, menciona que “el proveedor de bienes, productos o servicios no podrá negarlos o condicionarlos al consumidor por razones de género, nacionalidad, étnicas, preferencia sexual, religiosas o cualquiera otra particularidad”, se indicó.

Y agrega que “los proveedores de bienes y servicios que ofrezcan éstos al público en general, no podrán establecer preferencias o discriminación alguna respecto a los solicitantes del servicio, tales como selección de clientela, condicionamiento del consumo, reserva del derecho de admisión, exclusión a personas con discapacidad y otras prácticas similares, salvo por causas que afecten la seguridad o tranquilidad del establecimiento, de sus clientes o de las personas discapacitadas, o se funden en disposiciones expresas de otros ordenamientos legales.”

La Profeco señala que las personas consumidoras pueden decidir si compran o no alimentos en el establecimiento al que acuden. Sin embargo, al momento de adquirir un boleto, están aceptando los términos y condiciones establecidos en el contrato de los proveedores, tal como lo menciona el artículo 42 y 85 de la Ley antes mencionada, los cuales expresamente dicen:

Artículo 42: “el proveedor está obligado a entregar el bien o suministrar el servicio de acuerdo con los términos y condiciones ofrecidos o implícitos en la publicidad o información desplegados, salvo convenio en contrario o consentimiento escrito del consumidor”.

Artículo 85: “se entiende por contrato de adhesión el documento elaborado unilateralmente por el proveedor, para establecer en formatos uniformes los términos y condiciones aplicables a la adquisición de un producto o la prestación de un servicio, aun cuando dicho documento no contenga todas las cláusulas ordinarias de un contrato. Todo contrato de adhesión celebrado en territorio nacional, para su validez, deberá estar escrito en idioma español y sus caracteres tendrán que ser legibles a simple vista y en un tamaño y tipo de letra uniforme. Además, no podrá implicar prestaciones desproporcionadas a cargo de los consumidores, obligaciones inequitativas o abusivas, o cualquier otra cláusula o texto que viole las disposiciones de esta ley”.

Asimismo, en el artículo 10 se indica que “queda prohibido a cualquier proveedor de bienes o servicios llevar a cabo acciones que atenten contra la libertad o seguridad o integridad personales de los consumidores bajo pretexto de registro o averiguación”.

Por ello, en recientes días, el titular de la Procuraduría, Iván Escalante Ruíz, explicó que, al momento de comprar un boleto para ingresar a ver una película, las personas consumidoras se adhieren a un contrato en donde se establecen los términos y condiciones de cada establecimiento.

“Si en el contrato de adhesión o en las condiciones está que no puedes ingresar con alimentos, tienes que cumplir con ese contrato, si no, finalmente, no vayas a ese cine, ve algún otro que no tenga esta limitación; entonces, revisar mochilas, es ilegal; pedirle que enseñe el contenido de la mochila o del bulto o el paquete pactado a voluntad, está bien, sí se puede hacer, pero de ningún motivo obligar al consumidor a hacerlo”, declaró en su momento el Procurador.

Por lo que la Profeco reiteró que, en ningún momento, ha publicado ni declarado que se pueda ingresar específicamente con algunos alimentos a las salas de los cines.

(mr)

En la conferencia matutina del 29 de octubre, el titular de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), Iván Escalante, presentó los resultados del monitoreo de los precios de la canasta básica y los combustibles durante la última semana.

De acuerdo con la información dada a conocer, se verificó la estabilidad en los costos de 24 productos alimentarios de primera necesidad al mantenerse por debajo de los mil 30 pesos, con base al muestreo del 14 al 18 de octubre.

Los establecimientos donde se encontraron los precios más bajos fueron Walmart, en Michoacán; Chedraui, en Cuernavaca, Morelos; y Bodega Aurrerá en Tabasco y en Chihuahua.

¿Quién es quién en los combustibles?

En el “¿Quién es quién en los combustibles?”, la Profeco observó que el precio promedio de la gasolina regular es de 23.87 pesos y de 25.26 pesos en el caso de la gasolina premium. Iván Escalante destacó que esta semana no habrá incentivo fiscal. 

El gas LP estacionario se vende a 10.41 pesos y el cilindro tiene un costo de 19.28 pesos.

En al menos seis marcas de jarabes de agua de horchata, jamaica y tamarindo la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) encontró incumplimientos en la norma de etiquetado, contenido de azúcares diferente al que se indica entre otras cosas, por lo que de no corregirse saldrán del mercado.

El titular de la Profeco, Ricardo Sheffield, dijo a EL UNIVERSAL que después de aplicar 133 pruebas a jarabes de 20 distintas marcas encontraron que todos ellos tienen acidulantes –ácido cítrico y citrato de sodio—y que algunos “hacen una declaración incorrecta del contenido de azúcares”, siendo estos productos los siguientes:

-El Sol sabor horchata, “este fue el peor de todos porque contiene jarabe de maíz de alta fructosa y no lo declara, la fructosa viene de la fruta y es mucho más cara y es más benéfica, este dice que contiene fructosa y en realidad tiene jarabe de maíz de alta fructosa que es lo más barato y corriente y calórico para endulzar”. Además de que informa contener 13% y en realidad tiene 19% de azúcares.

-Fruti Wandys dice tener 31 gramos de azúcares por ración, pero en realidad contiene 12.6 gramos, “tiene mal calculados sus azúcares”.

-Princesa declara 6% de azúcares y contiene el doble, 12.9%. Además de que en sus presentaciones de jamaica, horchata y tamarindo no trae los sellos de exceso de calorías que por norma de etiquetado debería tener.

-FDíaz declara 0.2% de azúcares y contiene 6.3% en el de horchata y en el de jamaica dice 0.9% pero en realidad trae 7.2%.

-Tucán de horchata presenta en su empaque la ilustración de canela pero “te hacen creer que tiene canela y no la tiene”.

-Delicia de horchata no indica cómo prepararla, es decir, no indica qué cantidad de jarabe se tiene que diluir en agua.

Por ello, “muchos de estos productos que tienen fallas, los vamos a retirar del mercado por problemas de etiquetado y eso no se puede resolver, tienen que sacar nuevos lotes o se puede hacer el reetiquetado pero a veces sale más caro que retirarlo, pero se les da la oportunidad, lo reetiquetas tú o lo retiro”.

Aclaró que ninguno de estos productos debe salir del mercado por lo que contiene, porque no hay daños a la salud, sino que, “están mal etiquetados, no informan que tienen jarabe de maíz, no tienen polígonos de advertencia, como lo resuelves reetiquetando o retirando del mercado para que cumplan”.

Este estudio, que saldrá en la Revista del Consumidor del mes de agosto, pretende dar un consejo a los papás que vamos a un restaurante hay que preguntar cómo se preparó el agua porque puede contener más azúcar que un refresco.

“Si en una fonda o restaurante preparan (el agua de sabor) con concentrado, en un descuido te va menos mal con un refresco y más si es con el ( jarabe) que tiene jarabe de maíz de alta fructosa”, comentó el procurador.

  • Page 1
  • Page 2
  • Siguiente »

Primary Sidebar

Entradas recientes

  • Chihuahua da luz verde a la jornada de 40 horas Congreso aprueba reforma constitucional
  • Sheinbaum alza el trofeo del Mundial 2026 y arranca la cuenta regresiva rumbo a la fiesta del futbol
  • Presunto explotador de El Rancho Las Luces reclutaba a sus víctimas a través de redes sociales
  • México evacúa a 121 connacionales de Medio Oriente; SRE mantiene monitoreo a 7 mil más
  • Ataque aéreo impacta edificio donde sesiona la Asamblea de Expertos en Irán

Comentarios recientes

No hay comentarios que mostrar.

Archivos

  • marzo 2026
  • febrero 2026
  • enero 2026
  • diciembre 2025
  • noviembre 2025
  • octubre 2025
  • septiembre 2025
  • agosto 2025
  • julio 2025
  • junio 2025
  • mayo 2025
  • abril 2025
  • marzo 2025
  • febrero 2025
  • enero 2025
  • diciembre 2024
  • noviembre 2024
  • octubre 2024
  • septiembre 2024
  • agosto 2024
  • julio 2024
  • junio 2024
  • mayo 2024
  • abril 2024
  • marzo 2024
  • febrero 2024
  • enero 2024
  • diciembre 2023
  • noviembre 2023
  • octubre 2023
  • septiembre 2023
  • agosto 2023
  • julio 2023
  • junio 2023
  • mayo 2023
  • abril 2023
  • marzo 2023
  • febrero 2023
  • enero 2023
  • diciembre 2022

Categorías

  • Análisis y opinión
  • Cancha
  • Circo de las parodias
  • Economía
  • Especiales
  • Estado
  • Fama
  • Local
  • Mundo Raro
  • Panorama
  • Política
  • Seguridad
  • Sin categoría
  • Videos
  • Weekend

® TODOS LOS DERECHOS RESERVADOS DE NORTE DE CHIHUAHUA  2026  CHIHUAHUA, CHIH. MEX.

  • Especiales
  • Investigaciones
  • Videos
  • Secciones
  • Local
  • Estado
  • Política
  • Seguridad
  • Economía
  • Panorama
  • Mundo Raro
  • Fama
  • Cancha