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Las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y Estudios Legislativos del Senado aprobaron este jueves la iniciativa de reforma para aplazar hasta 2028 la elección judicial de jueces y magistrados, propuesta impulsada por Morena y sus aliados.

Con el cambio, la renovación del Poder Judicial ya no se realizaría en 2027, sino que se empataría con la consulta de revocación de mandato presidencial prevista para junio de 2028.

La reforma también contempla nuevas reglas para la selección de aspirantes, como evaluaciones homologadas, exámenes de conocimiento y una reducción en el número de candidaturas mediante filtros previos y procesos de insaculación.

Desde la oposición, legisladores del PAN, PRI y Movimiento Ciudadano votaron en contra, al considerar que la propuesta representa una modificación “inconstitucional” y una nueva afectación a la carrera judicial.

El debate ocurre además en medio de la polémica por la ampliación de periodos y la posible reelección de magistrados electorales cercanos al oficialismo, tema que incluso ha generado diferencias internas dentro de Morena.

La iniciativa aún deberá ser discutida y votada por el pleno del Senado en los próximos días.

El senador morenista Enrique Inzunza Cázares solicitará licencia temporal al Senado de la República, luego de los señalamientos realizados por autoridades de Estados Unidos que lo vinculan presuntamente con el narcotráfico.

De acuerdo con información publicada en medios nacionales, la decisión fue confirmada por el coordinador de Morena en el Senado, Ignacio Mier, quien señaló que Inzunza optó por separarse del cargo para evitar lo que calificó como “el show” impulsado por legisladores de oposición.

El senador sinaloense permitirá que su suplente, Omar López Campos, participe en la sesión extraordinaria del Senado programada para este jueves, donde se discutirán reformas constitucionales relacionadas con el Poder Judicial y temas electorales.

Enrique Inzunza ha sido señalado por autoridades estadounidenses dentro de una investigación relacionada con presuntos vínculos entre funcionarios de Sinaloa y el Cártel de Sinaloa, particularmente con la facción de “Los Chapitos”.

El legislador ha rechazado públicamente las acusaciones y anteriormente había asegurado que no pediría licencia, al considerar que los señalamientos eran “falsos y dolosos”.

Sin embargo, en medio de la presión política y mediática, decidió finalmente separarse temporalmente del escaño mientras continúan las investigaciones y comparecencias relacionadas con el caso.

Inzunza también acudió recientemente a declarar ante la Fiscalía General de la República (FGR), luego de que el Gobierno de Estados Unidos incluyera su nombre entre funcionarios presuntamente relacionados con estructuras del narcotráfico en Sinaloa.

Datos de la Secretaría de Salud de Chihuahua, con corte al 23 de mayo, indican que las 32 muertes que se han presentado durante este año en Chihuahua a causa de la rickettsiosis, triplican los fallecimientos ocurridos durante el mismo periodo de 2025.

Las autoridades sanitarias estatales señalaron que, en total, se han registrado 63 casos confirmados por esta enfermedad en la entidad, lo que representa poco más del doble de los casos reportados el año pasado.

Establecen que Juárez es el centro de la crisis sanitaria provocada por la enfermedad que se contrae tras la mordida de una garrapata contagiada con la bacteria de la rickettsia con el 57 por ciento del total de casos (36) y el 62 por ciento de las defunciones (20).

En la última semana, se informó que en el municipio fronterizo se sumaron tres nuevos contagios, así como dos fallecimientos, mismos que fueron confirmados tras la realización de los estudios correspondientes.

Pese a las campañas de prevención, así como la fumigación de diversas zonas de la ciudad, la enfermedad continúa sumando víctimas en la frontera.

Autoridades de salud explicaron que la rickettsiosis es un problema que se encuentra a lo largo de la ciudad, por lo que se hizo el llamado a la ciudadanía para que extremen medidas de precaución, como mantener limpios los hogares y desparasitar a las mascotas.

De igual manera, enfatizaron que la atención oportuna es clave para evitar fallecimientos, por lo que en caso de presentar síntomas como dolor de cabeza y fiebre muy alta, así como sarpullido en la piel, y la sospecha de haber sido mordido por algún parásito, se debe acudir de inmediato a recibir atención médica.

Este jueves entraron en vigor una serie de reformas al Código Penal del Estado que sancionan con hasta siete años de cárcel y multa monetaria una serie de conductas de tipo sexual que permanecían sin sanción en la legislación estatal.

Obligar a otras personas a exhibir su cuerpo o a observar actos sexuales pasaron a ser tipos penales que se castigarán con años de cárcel y penalidades económicas, según el decreto publicado en el Periódico Oficial del Estado.

Las reformas a los artículos 171 y 173 del Código Penal de Chihuahua fortalecer la protección de víctimas de abuso sexual y establecer de manera explícita que el consentimiento no podrá presumirse por el silencio, la pasividad o la falta de resistencia física.

La modificación fue publicada este miércoles 27 de mayo de 2026 en el Periódico Oficial del Estado y redefine el delito de abuso sexual en el artículo 173 del Código Penal estatal.

Con la reforma, se establece que comete abuso sexual quien, sin consentimiento de la víctima y sin intención de llegar a la cópula, realice actos de naturaleza sexual, obligue a la persona a observarlos o a ejecutarlos sobre sí misma, sobre terceros o sobre el propio agresor.

Además, el nuevo texto incorpora como abuso sexual el hecho de obligar a la víctima a exhibir su cuerpo.

La legislación también precisa que no existe consentimiento cuando la voluntad de la persona haya sido anulada o viciada.

Uno de los cambios centrales es que “el consentimiento no podrá presumirse del silencio, la pasividad o la falta de resistencia física de la víctima”, criterio que fortalece la interpretación jurídica en casos de violencia sexual.

Las sanciones previstas para este delito van de uno a siete años de prisión y multas de 200 a 500 días.

La reforma añade medidas complementarias para los agresores, quienes deberán acudir a talleres reeducativos con perspectiva de género y no violencia o realizar servicio social en favor del Estado o instituciones de beneficencia pública, con el objetivo de promover medidas de no repetición y fomentar un cambio cultural a favor de la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres.

Otro de los cambios relevantes es que el delito de abuso sexual será perseguido de oficio, por lo que las autoridades podrán iniciar investigaciones sin necesidad de una denuncia formal de la víctima.

Asimismo, se reformó el artículo 175 del Código Penal para aumentar las penas cuando el abuso sexual o la violación ocurran bajo circunstancias agravantes.

Entre ellas se incluyen que el delito sea cometido en despoblado o lugar solitario; por una persona con vínculo matrimonial, parentesco o relación sentimental con la víctima; cuando la víctima se encuentre embarazada o en puerperio; o cuando el ataque ocurra por motivos de orientación sexual, identidad o expresión de género.

La reforma también establece que, además de las sanciones penales, el responsable deberá cumplir con la reparación integral del daño conforme a lo previsto en la Ley General de Víctimas.

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