La nueva reforma a la Ley de Pensiones Civiles del Estado de Chihuahua, aprobada por el Congreso del Estado permite garantizar la igualdad a esposos, concubinos o ascendencia para que tengan acceso a una pensión, en caso de fallecer la persona trabajadora, incluyendo si se priva intencionalmente de la vida.
Este cambio permite que accedan a dicha pensión por viudez, orfandad o ascendencia las hijas y los hijos en soltería, menores de dieciocho años que no tengan ingresos propios o hasta la edad de veinticinco años previa comprobación de estudios.
Con esta modificación entran hijos e hijas mayores de edad con discapacidad y que no hayan contraído matrimonio; y personas ascendientes que tengan dependencia económica de la persona trabajadora o pensionada (madres, padres, tutores, etcétera), que no cuente con otra beneficiaria.
Para lograr el consenso de esta modificación se llevaron a cabo 6 reuniones de consulta, con 5 mesas de trabajo en Chihuahua y Juárez, 4 mesas de trabajo en Delicias, una mesa en Cuauhtémoc y dos mesas en Parral.
En las que participaron la Red Integración, Discapacidad y Desarrollo, A.C; Asociación de Padres de Personas con Necesidades Especiales, A.C. (APPNES A.C.), CERCC A.C, Fundación Integra A.C., Centro de Estudios para Invidentes A.C., Centro Familiar para la Integración y Crecimiento A. C, además de FECHAC y la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
Este dictamen en sentido positivo fue aprobado por la Comisión Especial para el Fortalecimiento de Pensiones Civiles del Estado integrada por Ismael Rodríguez Saldaña, Yesenia Reyes Calzadías y Diana Pereda Gutiérrez del PAN, Adriana Terrazas Porras, Cuauhtémoc Estrada Sotelo y Óscar Avitia Arellanes de Morena; Ivón Salazar Morales y Georgina Zapata Lucero del PRI, y Francisco Sánchez Villegas de Movimiento Ciudadano.
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