El Senado de la República aprobó sancionar el uso indebido de aeronaves pilotadas a distancia, conocidas como drones, con prisión de 15 a 40 años y una multa de 400 a mil 200 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.
La reforma se aplicó al Código Penal Federal y la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y plantea la prisión 10 a 20 años si se utiliza el dron para arrojar cualquier objeto, artefacto explosivo o sustancia química que impacte a cualquier persona o propiedad, con el propósito de causar daño.
Y aumenta la pena, si a esto se le suma que quien este a cargo del dron, sea a una persona o bien de las fuerzas armadas o de seguridad pública.
Esta modificación, no solo implica al que pilotea el dron, sino también a quien importe, manufacture o arme la aeronave, cuyo fin sea el transporte de artefactos explosivos, armas, narcóticos o drogas sintéticas, con una pena de 5 a 10 años de prisión.
Además, esta reforma también castiga a quienes utilicen los drones para fotografiar o realizar grabaciones de audio o video a personas servidoras públicas, con la finalidad de conocer o reportar su ubicación.
Y por último, estipula de tres a 20 años de prisión para quien amenace, violente o tome el control de una plataforma física, instalaciones o servicios de navegación aérea o marítima o de aeropuertos que presenten servicios de aviación civil.
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