El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó que los partidos están obligados a retirar la propaganda de los aspirantes que contenga fines electorales en un plazo de cinco días, de acuerdo con los lineamientos del Instituto Nacional Electoral (INE).
Los oficios de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del INE fueron impugnados por Claudia Sheinbaum Pardo, PRI y PRD, al señalar que dicha área no tiene atribuciones. Subraya que el retiro de propaganda tiene como finalidad prevenir el riesgo de afectación al principio de equidad.
Sheinbaum Pardo opinó que no aplicaban los lineamientos a unas publicaciones en sus redes sociales del 3 de junio, ya que el proceso interno inició el día 11.
El TEPJF le dio la razón sobre las publicaciones de esa fecha: “No resulta válido que la autoridad (…) ordene el retiro inmediato de publicaciones difundidas con anterioridad a la fecha de inicio del proceso político, considerando que a diferencia de aquella otra propaganda respecto de la cual no es posible conocer su fecha de inicio, en los anuncios aludidos existe certeza de la fecha de publicación y de su contenido no se advierte de manera evidente que resulte contraria a la naturaleza de los procesos políticos, tal como se precisa en el proyecto, sin que ello prejuzgue sobre las quejas relacionadas con esa propaganda”.
PRD y PRI también impugnaron un oficio en el que el instituto notifica la propaganda que debe retirarse.
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