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El Congreso del Estado de Chihuahua, por unanimidad, expedirá a la brevedad la nueva Ley para la Donación, Rescate y Aprovechamiento Integral de los Productos Alimenticios en Chihuahua.

Esta ley es un híbrido entre dos iniciativas del Legislativo, presentadas por el Partido Acción Nacional y Morena, en el marco del Día Mundial de la Alimentación, que se conmemora el 16 de octubre de cada año.

El nuevo ordenamiento establece prevenir la pérdida y desperdicio de alimentos en buen estado, así como promover su rescate.

Regula la creación de mecanismos para fomentar la cultura de la donación, y asegurar que todo producto alimenticio en Chihuahua sea entregado en donación.

Las personas beneficiarias a su vez, deberán aportar a favor del Banco de Alimentos una cuota de recuperación del 10 por ciento del valor comercial de los productos alimenticios, con el fin de recabar fondos para continuar con el apoyo a personas en situación de vulnerabilidad.

La Secretaría de Desarrollo Humano y Bien Común, será la encargada de diseñar y ejecutar las políticas generales de dicha ley y tendrá que hacer convenios y acuerdos de colaboración con dependencias, poderes públicos, entidades alimentarias y Bancos de Alimentos establecidos en el país.

Mientras que la Secretaría de Salud, se encargará de las visitas de verificación, para inspeccionar que los productos alimenticios que reciben los Bancos de Alimentos cumplan con las normas oficiales correspondientes.

También genera responsabilidad para la Secretaría de Desarrollo Rural, como el enlace entre el sector agropecuario y las instancias que se contemplen el dicho ordenamiento.

El ordenamiento genera y establece la creación de un Fondo para la Alimentación en el estado, tendrá un consejo estatal para la Donación Estatal que regulará la Ley de Ingresos del Estado cada año para los estímulos fiscales dedicados a fomentar la donación, el rescate y que se puedan aprovechar de manera integral los productos alimenticios.

Además de que castiga a quien desvió productos alimenticios donados, utilice para aprovechamiento personal o de terceros o que no los requiera, a quienes los solicite y no los consuma, y a quienes los donen con conocimiento de que no sirven para consumo humano.

La revisión de la Comisión de Desarrollo Social

El 04 de noviembre del 2021, fue presentada la iniciativa como la “Ley de Combate al Desperdicio de Alimentos y la Inseguridad Alimentaria en Chihuahua”, por el Grupo Parlamentario de Morena.

La iniciativa fue turnada para su revisión a la Comisión de Desarrollo Socia para su estudio y análisis.

El 03 de mayo del 2022, el Grupo Parlamentario del PAN, presentó otra iniciativa similar denominada Ley para el Aprovechamiento Integral de los Alimentos y su Donación Altruista para el Estado de Chihuahua.

En el estudio de ambas leyes, la comisión encontró que coincidían en evitar el desperdicio de alimentos y fomentaban su donación, principalmente en el comportamiento de las personas vendedoras mayoristas y minoristas, servicios de venta de comida y consumidoras.

En Chihuahua, existía desde el 2008  la  Ley Para la Donación Altruista de Alimentos cuyo objetivo era promover, orientar y regular las donaciones de alimentos susceptibles para consumo humano, pero no contrarrestaba la pérdida y desperdicio de alimentos susceptibles a ser consumidos.

Por ello, se instaló una mesa técnica el 12 de septiembre del 2022 que sumó 13 reuniones, en las que participaron la Secretaría de Desarrollo Humano y Bien Común, la Secretaría de Salud, la Secretaría de Desarrollo Rural, la Secretaría de Hacienda, el DIF Estatal, Fundación del Empresariado Chihuahuense Fechac, Cáritas de Chihuahua I.B.P., Red de Bancos de Alimentos de México BAMX y la Confederación Patronal de la República Mexicana, entre otros.

Ahí se hizo una propuesta de ley con todos los aspectos emitidos y revisados, con 9 capítulos, resumidos en la nueva Ley para la Donación, Rescate y Aprovechamiento Integral de los Productos Alimenticios para el Estado de Chihuahua.

La propuesta de ley tardó hasta el 19 de junio del 2023 en ajustarse y dictaminarse en sentido positivo por la comisión y se presentó ante el Pleno hasta este 05 de octubre, momento en que fue votada a favor por unanimidad, por lo que entrará en vigor en los siguientes días, al ser publicada en el Periódico Oficial del Estado.

Con esta nueva ley, desaparece la desactualizada Ley para la Donación Altruista de Alimentos en el Estado de Chihuahua.

En corto:

• Unos 931 millones de toneladas de alimentos, o 17 por ciento del total de alimentos disponibles para los consumidores en 2019, terminaron en los basureros de hogares, minoristas, restaurantes y otros servicios alimentarios, revela el informe sobre el Índice de desperdicio de alimentos 2021, publicado por el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente.

• A nivel mundial, per cápita, cada año se desperdician 121 kilogramos de alimentos por consumidor.

• En México se desperdician 94 kilos per cápita, en España, 77; y en Colombia, 70.

El diputado del Partido Revolucionario Institucional, Omar Bazán Flores propuso en la Sesión de la Diputación Permanente modificar el artículo 92 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para el uso de lenguaje y perspectiva de la infancia menores que se encuentran en procedimientos jurisdiccionales. 

Omar Bazán planteó que el uso del lenguaje en niñas, niños o adolescentes posibles víctimas de un delito debe ser claro, sencillo, accesible, conciso y comprensible, de conformidad con su edad, desarrollo evolutivo, cognoscitivo y grado de madurez. 

Argumentó que, en el 2021, al menos 6 de cada 10 niñas, niños y adolescentes de 1 a 14 años experimentaron algún método violento de disciplina, y uno de cada 2 sufrieron agresiones psicológicas.

Además, que en 2019, se identificaron alrededor de 18 mil 300 niñas y niños migrantes en México, de los cuales más de 7 mil viajaban sin la compañía de un adulto.

“En su trayecto, niñas, niños y adolescentes migrantes son más vulnerables a riesgos como el hambre, las enfermedades, la detención, la extorsión, captura por el crimen organizado y la dificultad de hacer valer sus derechos; por lo que se necesitan soluciones específicas para protegerlos, especialmente cuando viajan sin la compañía de un adulto”, añadió.

Situaciones como está, dijo, es por lo que se debe garantizar y entender que los niños y adolescentes tienen el derecho de comprender los procedimientos y la información que les concierne. 

“Usar un lenguaje claro y comprensible les permite participar activamente en los procesos que los heredan, tomar decisiones informadas y ejercer sus derechos de manera adecuada”, puntualizó.

A la propuesta se sumaron Georgina Zapata Lucero (PRI), Adriana Terrazas Porras (Morena) y Rosa Isela Martínez Díaz, quien pidió se agregara al Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. 

La iniciativa fue turnada para su análisis, revisión y dictamen en Comisiones.

La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) celebró la publicación en el Diario Oficial de la Federación de la reforma a la Ley Federal para el Control de Precursores Químicos, encaminada a combatir la producción de fentanilo, propuesta por el presidente Andrés Manuel López Obrador.

Las modificaciones que entraron en vigor este 4 de mayo, controlan la producción, preparación, enajenación, adquisición, importación, exportación, transporte, almacenaje y distribución de precursores químicos, productos químicos esenciales y máquinas para elaborar cápsulas, tabletas y comprimidos, a través de la coordinación interinstitucional del gobierno federal.

También contribuyen a prevenir la producción ilícita de drogas sintéticas, mediante la actualización de sanciones administrativas y la tipificación de delitos por conductas relacionadas con el uso indebido de precursores químicos.

Cofepris se alía con Sisus

Como parte de esta reforma, Cofepris contara? con el Sistema Integral de Sustancias (Sisus), para simplificar los trámites administrativos a personas físicas o morales que realicen actividades reguladas, quienes deberán registrarlas en este sistema en un plazo no mayor a 24 horas.

Esto permite conocer ubicación, cantidad y tipo de precursor químico, producto químico esencial o máquina, de manera permanente y digital.

La información que contenga el Sisus es de carácter reservado y solo será proporcionada por orden de un juez de control federal en materia penal en delitos contra la salud por delincuencia organizada.

Esta legislación establece que a la persona que desvíe o haga uso de precursores químicos o productos químicos esenciales para la producción de drogas sintéticas, se le impondrá una pena de 10 a 15 años de prisión.

También indica que cuando el desvío o uso de estas sustancias sea realizado por una persona servidora pública, la pena impuesta aumentara? dos terceras partes y se le destituirá del empleo, cargo o comisión, además de que se le inhabilitara? de cinco a 10 años para desempeñar otro.

Asimismo, establece que la Sedena, la Semar, la SSPC y la Guardia Nacional, entre otras instituciones, coadyuvarán en la prevención, detección y eliminación de desvíos de precursores y máquinas relacionadas.

Con carácter de decreto fue presentada una iniciativa para expedir la Ley para la Atención Integral de las Personas con Síndrome de Down en el Estado de Chihuahua, con lo que se busca impulsar la plena integración e inclusión a la sociedad de este sector de la población.

La diputada Rocío Guadalupe Sarmiento Rufino dio lectura a la iniciativa que busca fomentar la protección de sus derechos y la satisfacción de sus necesidades fundamentales, que son reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los tratados internacionales y en la Constitución Política del Estado. Esto sin perjuicio de los derechos tutelados por otras leyes u ordenamientos.

Esta ley determinará la intervención y coordinación entre los gobiernos estatal y municipal, así como el sector privado y la sociedad civil organizada y no organizada; con lo que se debe de establecer los mecanismos e instancias competentes que emitirán las políticas en la materia.

También, establecerá un programa de acciones en favor de las personas que presentan Síndrome de Down; tales como la creación de mecanismos para la formación, actualización, profesionalización y capacitación para que las personas que presentan esta alteración genética puedan desarrollarse de forma independiente.

Además, buscará implementar un registro estatal a fin de contar con una base poblacional distribuida en rango de edad y relacionada con la identidad, historial médico, escolar, ocupacional y laboral, cuando aplique. Esto con observación de las disposiciones relativas a la protección de datos personales de dichas personas.

Dentro de esta ley se deberá, por parte del estado, otorgar el apoyo y la protección de sus derechos, así como un diagnóstico y una evaluación clínica temprana para que puedan recibir consultas clínicas y terapias en la red hospitalaria estatal y municipal, o en su caso, de las asociaciones civiles especializadas.

Se busca que esta ley tenga vigor a partir del 01 de enero del 2024, con lo que organismos de salud deberán de contar con las medidas para la atención para estas personas.

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