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sanciones

En el marco del Día Internacional Contra la Corrupción, la asociación civil Transparencia Mexicana, dio a conocer un estudio que revela la ínfima cantidad de sanciones que se han aplicado por actos irregulares de parte de funcionarios de gobierno.

A lo largo de siete años, y en todo el país, los tribunales administrativos han emitido apenas 488 resoluciones, a razón de 69 por año, o menos de 5 por mes.

De todos esos procedimientos, solo 281 han derivado en sanciones, lo que se traduce en un promedio de 40 sanciones por año desde que entró en vigor la Ley de Responsabilidades.

El estudio, elaborado en colaboración con la Auditoría Superior del Estado (ASE) de Chihuahua, fue presentado este fin de semana en las oficinas de Transparencia Mexicana en la Ciudad de México, ante titulares y representantes de los órganos fiscalizadores del país.

En dicha reunión, el titular de la Auditoría Superior del Estado (ASE), Héctor Acosta Félix, afirmó que la baja obtención de sanciones condenatorias en vía administrativa es parte un reflejo de los defectos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, que entró en vigor en 2017.

Dicho marco normativo ha complicado la aplicación de sanciones en una gran cantidad de casos en los que se identifican conductas deshonestas de los servidores públicos en el ejercicio del gasto público pero que no están previstas como faltas en la Ley.

Durante su participación en el citado evento, expuso que Chihuahua se encuentra dentro de los 5 órganos fiscalizadores con mejores resultados en efectividad, tomando como base las sanciones obtenidas en los tribunales administrativos.

La Auditoría Superior de la Federación y las auditorías de México, Nayarit, Zacatecas, Chihuahua y Chiapas concentran la mayor parte de las sentencias con sanción emitidas por los tribunales administrativos.

En México hay 33 órganos fiscalizadores, 32 estatales y la Auditoría Superior de la Federación, los cuales revisan año con año las cuentas públicas de todas las autoridades de los tres niveles de gobierno, los tres poderes y los órganos con autonomía constitucional.

El radio presupuestal que revisan asciende a los 9 billones de pesos al año, a lo que habría que agregar los recursos propios que ejercen las entidades federativas.

Otro de los aspectos abordados fueron las diversas formas de fiscalización del gasto público, pues cada estado de la República tiene plazos y formas distintas derivadas de sus propias leyes locales.

A partir de 2017, lo órganos de fiscalización fueron dotados de facultades para no solo auditar, sino también presentar denuncias administrativas ante los tribunales de justicia administrativa por faltas graves.

Antes de ese año, los resultados de auditorías a las cuentas públicas eran enviados para su atención a los órganos internos de control de cada institución auditada sin hacer distinción entre faltas graves y no graves.

El Congreso del Estado analizará una iniciativa para sancionar con penas de hasta doce años de cárcel a quien haga un uso indebido de un automóvil de renta.

El proyecto consiste en agregar un artículo el Código Penal del Estado de Chihuahua y tipificar como delito el uso irregular de ese tipo de autos, ya sea mediante alteraciones a su equipamiento y su documentación, o bien, porque se les utiliza para cometer ilícitos.

La propuesta busca establecer penas de entre seis y doce años de prisión para conductas como desmantelamiento, comercialización ilegal y alteración de documentación de vehículos arrendados.

El diputado del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional (PAN), Arturo Zubía Fernández, presentó la propuesta durante la sesión ordinaria del Congreso del Estado efectuada este martes 3 de diciembre.

Zubía destacó que la problemática afecta gravemente a las empresas arrendadoras y al sector turístico en Chihuahua.

Según datos de la Asociación Mexicana de Arrendadoras de Vehículos (AMAVE), las pérdidas por estas prácticas superan los 150 millones de pesos anuales a nivel nacional.

“El abuso en el uso de vehículos de renta no solo genera pérdidas económicas, también afecta la confianza y la competitividad en este sector clave para la economía del estado”, señaló el legislador.

La iniciativa incluye la creación del artículo 212 Ter del Código Penal estatal, que sancionaría a quienes no devuelvan los vehículos rentados, los utilicen en actividades ilícitas o modifiquen su documentación para ocultar su identidad.

Esta medida, indicó el diputado, responde a la necesidad de proteger tanto a las empresas como a los usuarios legítimos del servicio de arrendamiento.

“La reforma busca enviar un mensaje claro: no toleraremos ninguna práctica que atente contra la certeza jurídica de las empresas y los ciudadanos. Chihuahua debe ser un estado seguro y confiable para quienes visitan y para quienes invierten en él”, concluyó Zubía.

La Dirección de Seguridad Pública Municipal (DSPM) pide crear conciencia y ser respetuoso al momento de realizar fiestas en casa a fin de evitar multas económicas o arrestos.

Lo anterior para evitar conflictos vecinales, derivados de fiestas escandalosas, música alta, riñas o alborotos que afectan a terceros. 

De acuerdo al artículo 34, fracción IV, del Reglamento de Justicia Cívica del Municipio de Chihuahua, constituye una infracción al bienestar colectivo: ocasionar molestias al vecindario con ruidos o sonidos de duración constante o permanente y escandalosa, con aparatos musicales o de otro tipo, utilizados con alta o inusual intensidad sonora, o con aparatos de potente luminosidad, sin autorización de la autoridad competente.

Ramón Regalado Morales, subdirector de Justicia Cívica y Prevención de la DSPM, explicó que esta falta se sancionará con una multa de 20 a 40 veces la Unidad de Medida (UMA) y/o arresto de 12 a 24 horas, que podrán ser conmutables también por 6 a 12 horas de trabajo en favor de la comunidad.

Regalado Morales pidió a la comunidad conducirse con civilidad y respeto al realizar reuniones de cualquier tipo en casas, granjas u otros lugares, sobre todo a altas horas de la noche, pues la paz y tranquilidad es un derecho de todos. 

De igual manera puso a disposición las áreas de Mediación de Justicia Cívica, que se encuentran en ambas comandancias, donde es posible resolver estos y otros conflictos vecinales, antes de que lleguen a mayores consecuencias.

En el último año, en México, 335 mujeres y 268 hombres han sido sancionados por delito de violencia política en razón de género, informó la titular de la Unidad de Igualdad de Género, Derechos Humanos y no Discriminación del Instituto Estatal Electoral (IEE) Paola Contestabile.

En el marco del Día Internacional de la Mujer, el Instituto Estatal Electoral y la Universidad Pedagógica del Estado de Chihuahua presentaron en esta semana la Conferencia Violencia Política en Razón de Genero, presentación que estuvo a cargo de Contestabile.

En esta semana, la funcionaria electoral explicó que la violencia política con elementos de género se da  cuando la violencia se dirige a una mujer por el simple hecho de ser mujer.

“Las agresiones están especialmente planificadas en contra de las mujeres por su condición de mujer, se dirigen hacia lo que implica lo ‘femenino’ y los roles tradicionalmente asignados a las mujeres. Hablamos de violencia en el ámbito político cuando se afecta a mujeres y hombres. Sin embargo, es importante distinguir aquella que se ejerce en contra de las mujeres cuando contiene elementos de género para poder visibilizarla y, además, de ello dependerá la forma en que debe tratarse a las víctimas y la manera en que deben conducirse las autoridades”, refirió Constestabile

La conferencista destacó que la violencia ya está tipificada como delito político-electoral y que es una realidad por la que ya se han emitido sanciones en nuestro país, comentando que se puede identificar como delitos electorales de violencia de género a todos aquellos actos en donde se comparten imágenes o mensajes a través de las redes sociales.

Mencionó que ese tipo de ilícitos ya han llevado a sancionar a 355 mujeres y 268 hombres en México durante el último año.

Existen también otros tipos de violencia que dijo pueden ser familiar, laboral y docente, violencia en la comunidad o institucional, estableciendo Contestabile que la violencia política contra las mujeres en razón de género fue tipificada como delito en el 2020.

Mencionó que otros tipos son los de violencia digial y mediática, así com la violencia feminicida.

Indicó que la ciudadanía puede solicitar la protección de sus derechos político electorales, así como de todos aquellos derechos fundamentales estrechamente vinculados con lo electoral a través de lo que sería el Juicio para la protección de los derechos político-electorales de la ciudadanía, y cuya finalidad, dijo Contestabile, consiste en restituir a la persona el uso y goce de sus derechos, a través de su protección legal constitucional.

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