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trata de personas

Por obligar a sus víctimas a realizar trabajos forzados en la zona serrana, se le dictó una sentencia de 22 años y seis meses de prisión a Henry Giovanni V. B., por el delito agravado de trata de personas.

El Ministerio Público de la Fiscalía de Distrito Zona Occidente presentó pruebas contundentes ante un Tribunal Colegiado, lo que permitió su sentencia.

Un grupo de 22 personas eran obligadas a realizar trabajos de siembra y cultivo de mariguana y amapola sin recibir pago alguno y sin que tampoco se les permitiera retirarse.

Tras una revisión de rutina, Henri Giovanni V. B., fue detenido el 23 de junio del 2022 por agentes ministeriales en el lugar conocido como Casa Colorada.

La indagatoria señala que desde los primeros días de febrero del año 2015 hasta el 11 de julio del 2019, los trabajadores fueron llevados a la sierra, contratados supuestamente para trabajar en instalación de cercos para ganado, corte de leña y desmonte.

Las víctimas fueron contactadas en distintos puntos del estado de Chihuahua, ofreciéndoles pagos diarios por 250 pesos hasta los 500 pesos, según las actividades a realizar, dinero que no se les retribuía.

Las personas, de quienes se mantiene en reserva su identidad, manifestaron que no desconfiaban ya que les decían que los trabajos serían en ranchos cercanos a Cuauhtémoc y otros en San Juanito, municipio de Bocoyna y que los traerían de regreso cada 15 días.

Sin embargo, fueron llevados a lugares conocidos como Las Cuevas y el paraje La Gallina, en la localidad de Yoquivo, en el municipio de Ocampo, en donde realizaban trabajos forzados, les daban una sola comida al día y los amenazaban con causarles daño a quien pretendiera retirarse.

Henri Giovanni V. B., fue sentenciado el pasado 18 de julio luego de la sesión de casi un mes que llevó el Tribunal Colegiado.

Se le dictó una condena de 22 años y 6 meses de prisión y una multa de 4 millones 198 mil 054.63 pesos como pago de reparación de daños en favor de las víctimas.

El secretario de Seguridad Pública Estatal, Gilberto Loya, informó que de enero a la fecha han puesto a disposición de las autoridades, a mil 800 presuntos responsables de un delito, se han asegurado 175 kilogramos de droga, entre ellos, 40 kilos de metanfetamina, 130 kilos de mariguana, 4.1 kilos de cocaína y más de 76 mil unidades de fentanilo. 

También se han decomisado 120 armas, de las cuales 82 son armas cortas y 41 armas largas, 191 cargadores, más de 5 mil 800 municiones y 151 unidades de equipamiento táctico. 

Sobre la tala ilegal en el estado, el funcionario estatal dijo que sobre todo en la zona serrana se han decomisado 2 mil 083 unidades de madera en rollo y mil 848 unidades de madera en costal. 

Mientras que, en el tema migratorio se consignaron 17 detenidos que perjudicaron a las personas en situación de movilidad, por delitos como tráfico de personas, violación de ley federal de armas de fuego, así como la privación ilegal de la libertad y secuestro. 

“Hay operativos espejo en ambos lados de la frontera, del lado americano está la patrulla fronteriza y del lado mexicano, estamos las autoridades de México haciendo recorridos y patrullajes, con la intención de atacar este fenómeno desde el punto de vista policiaco”, explicó. 

En este mismo sentido, Gilberto Loya indicó que se ha asegurado un automóvil, tres armas con tres cargadoras y equipamiento táctico.

La titular de la Fiscalía Especializada de la Mujer, Wendy Chávez, reiteró que la medida de la Corte Interamericana de Derechos Humanos para eliminar la prisión preventiva oficiosa en México para delitos graves, ha redoblado el trabajo de la FEM y afectado en algunos casos la detención de feminicidas y personas acusadas por el delito de trata en la entidad.

“Ese tema viene porque se determinaron en unas sentencias de la CIDH que los dispositivos de la Constitución que marcan la prisión preventiva oficiosa, son violatorios de los derechos humanos de las personas que son procesadas, y como nuestro sistema jurídico ha firmado la Convención de los Derechos Humanos, deben los jueces federales y estados considerarla”, explicó.

Wendy Chávez detalló que, en los casos de homicidio, violación sexual, trata, delitos contra la salud sexual o con uso de armas, se aplicaba directo la prisión preventiva, ahora con esta nueva disposición se necesita una justificación de la necesidad de la prisión preventiva, lo que queda al criterio del juez o jueza.

“Ha habido casos en los que la justificación para la permanencia de la medida cautelar ha sido atendida por los jueces, pero otras en las que no. Y asuntos de violación, trata de personas, los jueces han revocado la prisión preventiva y permitido que las personas acusadas enfrenten los procesos en libertad”, comentó.

La fiscal dijo que esto no significa que no vayan a ser determinados como responsables, no obstante, hay pronunciamientos de jueces que desde el inicio no las han concedido bajo el argumento de que la persona tiene arraigo, como un domicilio fijo donde se le pueda notificar, trabajo, o entregan sus visas, pasaportes y van a firmar cada determinado tiempo.

“El Ministerio Publico tiene que justificar la prisión preventiva, porque otra medida cautelar no va asegurar el proceso, como que la persona esté disponible para  el procedimiento o que no se vayan a destruir objetos vinculados con el delito, o influir en las víctimas o testigos para que se modifique la información”, agregó.

La autoridad estatal dijo que quitar esta medida cautelar, si abre la posibilidad a que una vez que la persona es declarada responsable del delito y no esta en prisión preventiva si evada la justicia o bien, a través de recursos impida que el cumplimiento de la sanción sea inmediato.

“Si lo declaran culpable, la pena es de prisión a menos que hayan accedido a como deben cumplir las penas, pero por ejemplo a un feminicida le imponen 41 años de prisión y estaba gozando de una medida que no era la prisión preventiva, es altamente probable que se piense que va interponer recursos”, aseveró.

Por lo que esto genera, que las motivaciones sociales cuestionen a la autoridad cuándo van a empezar a darse los procesos de justicia, ya que a veces los fallos no satisfacen los derechos de las víctimas hasta que no se da el cumplimiento de la sanción.

“La situación es que, si tuviéramos otra clase de educación para enfrentar nuestras responsabilidades, quizás pudiéramos pensar que una medida cautelar de prisión preventiva es innecesaria pero no es así. Ahora me han tocado casos de homicidios entre personas indígenas y que ellos mismos acudieron a entregarse”, lo que dijo son casos extraordinarios frente a la mayoría.

La fiscal afirmó que esta si ha sido una situación grave, ya que aumenta la carga a las autoridades que imputan, no sólo en la comisión del hecho sino que tienen que enfrentar el proceso con una medida cautelar que no garantiza que enfrenten el proceso.

“A eso se suma que no tengan perspectiva de género, repercute en que no nos den por ejemplo ordenes de aprehensión en algunos casos, porque uno de los requisitos es que haya necesidad de cautela, que es más o menos similar a las medidas cautelares. La regla es que lo citen para enfrentar el proceso, la excepción es que lo conduzcan a través de la orden de aprehensión, si yo no lo acreditó me piden agotar la citación”, relató.

Entonces bajo esta regla, expuso que cuando hay casos de trata de personas, si llegan a pedir la citación, es difícil saber si la persona se va a presentar ante la justicia, y eso es a lo que se enfrentan en la Fiscalía Especializada de la Mujer, actualmente.

“Los jueces empezaron hacer revisiones de medidas por oficio y abogados que empezaron a pedirlas, y hubo personas que estaban en prisión y se las cambiaron, de los casos de la FEM han sido varios, por homicidio y trata, a la FEM le modificaron a dos personas sus medidas en el delito de trata de personas”, señaló.

Por último, la fiscal informó que la Fiscalía General del Estado realiza un monitoreo de cuántas medidas se han revocado, con esta determinación de la CIDH.

La Fiscalía Especializada en Atención a Mujeres Víctimas del Delito por Razones de Género y a la Familia (FEM), obtuvo una sentencia condenatoria de 33 años de prisión y nueve meses de prisión, dictada en contra de Janette D. Z., por el delito de trata de personas que cometió en la ciudad de Delicias.

Al término del mismo juicio oral, se dictó una sentencia condenatoria de 20 años de prisión en contra de Martín P. L., por el delito de violación agravada de una menor de edad.

Durante el juicio oral, agentes del Ministerio Público de la FEM, demostraron con un robusto caudal probatorio, la comisión y participación de Janette D. Z., en el delito de trata de personas en la modalidad de prostitución.

La acusación a cargo de la Unidad Especializada en Investigación del Delito de Trata de Mujeres, Niñas y Niños, en la ciudad de Delicias, establecía que en el periodo comprendido del 12 de julio de 2019 a septiembre de 2020, en al menos cuatro ocasiones, la ahora sentenciada prostituyó a sus hijas adolescentes con diversos hombres para obtener dinero como beneficio lucrativo.

De la misma forma, se acreditó que el 12 de julio de 2019, el sentenciado Martín P. L., agredió sexualmente a la víctima de 12 años de edad, al interior de un domicilio ubicado en la colonia Benito Juárez, en la ciudad de Delicias.

En apego a las fases procesales, el 28 de noviembre de 2023, se dio apertura a la audiencia de juicio oral y el 18 de diciembre de 2023 concluyó la audiencia de debate con los alegatos de clausura donde se dictó el fallo condenatorio.

El caudal probatorio fue considerado determinante por el Tribunal de Enjuiciamiento del Distrito Judicial Abraham González para resolver dictar la sentencia de 33 años y 9 meses de prisión en contra de Janette D.Z., también condenada a pagar la cantidad de 295 mil pesos por conceptos de reparación del daño material y moral de las víctimas.

Mientras que el sentenciado Martín P.L., además de la pena privativa de libertad de 20 años de prisión, fue condenado a pagar la cantidad de 98 mil 504 pesos por concepto de la reparación del daño moral y material de la víctima.

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