El Cabildo municipal aprobó la modificación a la Constitución del Estado de Chihuahua mediante el decreto 528/2023 con 21 votos a favor y 4 en contra, en la cual se reforman diversos artículos de la Constitución Política del Estado relativos al poder ejecutivo.
Durante sesión extraordinaria, se expusieron negativas por parte de la Fracción Edilicia de Morena, integrada por las regidoras Ishtar Ibarra, América Mayagoitía y el regidor Eliel Alfredo García Ramos, quienes externaron que el Cabildo no debía ser un títere más de las decisiones de la gobernadora ni del Congreso del Estado.
Lo anterior, debido a la modificación de los artículos 91, 93 y 94 aprobados por el Congreso del Estado; siendo el artículo 91, fracción novena, el que le da a la gobernadora autorización de ausentarse de sus labores por 21 días consecutivos, sin licencia.
El regidor de Morena, Eliel Alfredo García Ramos, externó que las nuevas reglas para los viajes y salidas del mandatario en turno, propicia la opacidad en el uso de recursos materiales y humanos que deben estar bajo el escrutinio del poder legislativo y del pueblo.
“Los diputados aprobaron sin tomar en cuenta a la ciudadanía, esto flexibiliza las responsabilidades del Poder Ejecutivo para que disponga de su tiempo y recursos públicos sin tener que dar cuenta a nadie”, dijo el regidor.
Además, agregó, que como regidores no votarían de manera retrograda para permitir que la gobernadora ande como “golondrina viajera”, sin pedir permiso ni informar sobre sus viajes.
De la misma manera, puntualizó en que las propuestas de este dictamen no fueron consultadas con los ciudadanos, y se reconocen los intereses de los diputados y diputadas que propusieron y votaron a favor ,sin tomar en cuenta a quienes pagan impuestos y pagan los gastos del gobierno y merecen informes.
Con 23 votos a favor y ocho en contra fue aprobada este martes la Reforma Constitucional en el Congreso del Estado, en la cual los viajes que realice la gobernadora podrán ser hechos sin necesidad de reportarlos.
Esta reforma, incluye un apartado el artículo 91 en donde se autoriza al titular del poder ejecutivo ausentarse hasta por veintiún días consecutivos sin tener que dar la notificación a ningún nivel de gobierno, aunque tenga que salir del territorio nacional.
Anteriormente, este artículo decretaba que se daba el plazo de 21 días, siempre y cuando se notificara al Congreso del Estado y al Tribunal Superior de Justicia sobre dichas giras de trabajo, lo cual ya no será necesario si cumple con el plazo.
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