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INM

Los dos empleados del Instituto Nacional de Migración (INM) acusados por el incendio ocurrido en la estación migratoria de la avenida Lerdo, donde murieron 40 migrantes y 27 más resultaron lesionados, ya se encuentran en libertad condicional.

Se trata del contralmirante retirado del Ejército Mexicano y exdelegado estatal del INM en Chihuahua, Salvador González Guerrero, así como de Rodolfo Collazo de la Torre, agente migratorio de menor rango. Ambos portan un brazalete electrónico como medida cautelar.

González Guerrero, señalado como la máxima autoridad en el estado sobre las estaciones migratorias y a quien presuntamente se le solicitó autorización para abrir las rejas de las celdas, salió del Cereso estatal número 3 el pasado miércoles 10 de septiembre, luego de depositar una fianza de un millón y medio de pesos.

Por su parte, Collazo obtuvo el pasado sábado la libertad condicional, tras una audiencia en la que se autorizó el cambio de medida y se ordenó colocarle un brazalete electrónico. El funcionario no se encontraba en la estación migratoria la noche del siniestro, pues cumplía labores de entrega de menores a un albergue.

La defensa de Collazo señaló que tanto él como su familia viven con alegría, aunque también con nerviosismo y desesperación, tras haber permanecido casi dos años y medio en prisión pese a sostener su inocencia.

El juez le impuso inicialmente una garantía hipotecaria de 1.5 millones de pesos, pero gracias a un amparo la cifra se redujo a un millón. Un familiar cubrió la garantía y además se pagaron 95 mil pesos por el brazalete de monitoreo.

Con esta resolución, ambos enfrentarán el proceso en libertad, mientras continúan las investigaciones sobre la tragedia ocurrida el 27 de marzo de 2023.

Fue detenida una mujer implicada en la masacre de un comandante de la Agencia Estatal de Investigación (INM), en hechos donde también murió su escolta y el responsable del Instituto Nacional de Migración (INM) en Casas Grandes.

Ayer le fue ejecutada la orden de aprehensión a María del Rosario C. H., a quien vinculan con la banda de Emeterio S. O. Alias “El Oso”, uno de los más buscados en México y Estados Unidos.

Fue el 15 de abril del 2022, cuando un comando armado emboscó a las víctimas que se desplazaban por la carretera Janos-Ascensión.

En sus vehículos iban el comandante de la AEI Alejandro Domínguez Cabriales y su escolta, el agente Gil Manuel Malo Solano. Ambos fueron asesinados.

También fue masacrado por el grupo armado el representante del INM, Lorenzo Gabriel Pico Escobar.

Sobre la ejecución de la orden de aprehensión de La Manzanita, el titular de la Fiscalía Especializada en Operaciones Estratégicas de la Fiscalía General del Estado, Arturo Velasco, señaló que es un avance en la búsqueda de justicia y que se trabaja para capturar al resto de los presuntos responsables de los asesinatos referidos.

A 765 días de la tragedia que mató a 40 migrantes en la estación migratoria de Ciudad Juárez, el Instituto Nacional de Migración (INM) oficializó este miércoles la salida de Francisco Garduño Yáñez como titular del organismo.

En su lugar fue designado Sergio Salomón Céspedes, un morenista militante que fue gobernador sustituto en Puebla a finales de 2022.

La gestión de Garduño Yáñez inició el 14 de junio de 2019, pero fue a partir del 27 de marzo de 2023 cuando cobró notoriedad internacional al quedar evidenciadas serias deficiencias del control migratorio mexicano que derivó en la tragedia que mató a los migrantes.

Durante prácticamente todo el tiempo de los procesos penales iniciados a consecuencia del siniestro, voces de organizaciones defensoras de derechos de migrantes, así como familiares de las víctimas, pedían que se le aplicara un castigo al ahora excomisionado.

Incluso hubo más de 100 organizaciones que enviaron una carta a la presidenta Claudia Sheinbaum señalando lo que consideraron como irregularidades en el proceso.

A mediados de este mes, un tribunal colegiado de apelaciones federal ordenó la suspensión del proceso penal contra Garduño Yáñez por el delito de ejercicio indebido del servicio público.

El que llega a sustituirlo también ha estado envuelto en polémicas.

Cuando Salomón Céspedes fue designado como gobernador sustituto en Puebla, no habían pasado 48 horas del fallecimiento de quien ocupaba la titularidad del Poder Ejecutivo, Miguel Ángel Barbosa.

La designación fue criticada incluso por miembros del partido, como el líder nacional Mario Delgado y el senador Gerardo Fernández Noroña, por la premura con que se dio el nombramiento.

Francisco Garduño Yáez seguirá su proceso en libertad, al confirmarse por unanimidad la suspensión del proceso penal en su contra, por el caso de la muerte de 40 migrantes y 27 heridos en un incendio el 27 de marzo de 2023 en la estación migratoria del Instituto Nacional de Migración (INM) en Ciudad Juárez.

El titular de dicho organismo recibió el beneficio desde el pasado 24 de enero de 2025, sin embargo, la Fundación para la Justicia y el Estado Democrático de Derecho -que representa a ocho víctimas de lesiones y a nueve familias de víctimas mortales- había apelado la decisión del juez, bajo el argumento de que era contraria a las suspensiones provisionales que habían obtenido las víctimas.

Por eso el miércoles 2 de abril, en la Sala 2 de los juzgados federales, se llevó a cabo la audiencia de aclaración de agravios, donde los asesores legales de algunas de las víctimas pidieron la revocación de la suspensión condicional de proceso que se obtuvo a favor del funcionario público el pasado 24 de enero de 2025.

Así que este fin de semana se constituyó el Tribunal Colegiado de Apelación del Decimoséptimo Circuito, con sede en Ciudad Juárez y por unanimidad de votos, los magistrados declararon parcialmente “inoperante” e “infundada” la impugnación de la Fundación para la Justicia y el Estado Democrático, contra la decisión del juez de control Víctor Manlio Hernández Calderón, quien en enero de este año concedió a Garduño Yáñez, la salida alterna del proceso al que estaba sometido por su presunta responsabilidad en el delito de ejercicio indebido del servicio público.

Los abogados de dicha organización alegaron que el juez de control Víctor Manlio Hernández Calderón no debió realizar la audiencia donde otorgó la suspensión condicional del proceso, en virtud de que había varios amparos de víctimas por desahogarse.

Argumentaron asimismo que dicho mecanismo no se ajustó a los parámetros establecidos por ley y que la indemnización acordada como reparación del año correspondía en realidad al pago por la violación grave de derechos humanos detectada por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) en su recomendación sobre el caso, además de que esta debió ser pagada por el comisionado y no por el Estado mexicano.

Sin embargo, el pleno aprobó el proyecto del magistrado Octavio Pineda Toribio, que concluyó que el juez de control estaba obligado a llevar a cabo la audiencia, toda vez que existía una suspensión en un amparo que el comisionado Francisco Garduño Yáñez tramitó el año pasado para la reparación del año.

Durante la sesión en la que se aprobó confirmar la suspensión condicional del proceso, el magistrado Octavio Pineda Toribio señaló que a los representantes de la víctima tampoco les asistía la razón en sus argumentos de que había una oposición al proceso de reparación del daño.

“Hacen descansar este argumento en el sentido fundamental, de que no es el imputado (Francisco Garduño Yáñez), quien sufragó los gastos correspondientes a la reparación del daño, y que por tal motivo el Estado no podía realizarlo, toda vez de que en principio no hay una sentencia que así lo condene, y además no puede sustituir en las responsabilidades el Estado a un particular”.

Estos argumentos, dijo el magistrado, son inoperantes porque tratándose de una solución alterna, como es la suspensión provisional del procedimiento, no se requiere la existencia previa de la sentencia.

“En otro orden, la circunstancia de que sea el Estado el que realizó el pago correspondiente tampoco puede considerarme como un argumento de oposición fundada sobre la reparación del daño y, en todo caso, estaría sujeta a juicio de los representados”.

Y añadió: “Amén de las determinaciones para el pago, fueron 300 millones de pesos lo que se autorizó para todas las víctimas, en la proporción que se estableció en la propia audiencia, de ahí que es un monto que sería imposible cubrir por una sola persona, y en el caso lo que se privilegia es la reparación del daño, sin perder de vista que el imputado, en calidad de funcionario, realizó las gestiones tendientes a alcanzar esa reparación integral del daño”.

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