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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó la reforma a la Ley Minera de 2022, con la que se establece que el litio es patrimonio de la nación y su explotación queda exclusivamente en manos del Estado mexicano.

Por unanimidad, el pleno determinó que la acción de inconstitucionalidad promovida por senadores de oposición era infundada, al concluir que la reforma no viola la Constitución.

Los ministros señalaron que, tras la reforma constitucional de 2024, el litio quedó reconocido como área estratégica, lo que prohíbe otorgar concesiones a particulares y respalda el control estatal sobre su explotación.

También se desestimó el argumento de que debía realizarse una consulta previa a pueblos indígenas, al considerar que la norma define de forma general la rectoría del Estado, y que cualquier afectación deberá evaluarse en proyectos específicos.

Con esta resolución, el máximo tribunal consolida el modelo de control estatal del litio, uno de los recursos estratégicos más importantes para la industria energética y tecnológica.

El coordinador parlamentario de Morena en el Congreso del Estado, Cuauhtémoc Estrada Sotelo, informó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ya ha radicado las cuatro acciones de inconstitucionalidad que presentaron en contra del Paquete Económico del gobierno de Chihuahua para el año 2026.

En dichos recursos, se impugna la constitucionalidad tanto de la Ley de Ingresos como del Presupuesto de Egresos del 2026, así como la aprobación de un crédito por 3 mil millones de pesos y la reestructuración de la deuda pública del estado, que al corte del tercer trimestre del año sumaba ya 55 mil 731 millones de pesos.

En conferencia de prensa, Estrada Sotelo explicó que la impugnación a la Ley de Ingresos se enfoca en el incremento a la tasa del Impuesto Sobre Nóminas (ISN), de un 33 por ciento respecto a la vigente hasta el 2025, y el del Impuesto Universitario, que se elevó en un 50 por ciento.

En cuanto al Presupuesto de Egresos, plantea como acto inconstitucional el que no se destinen recursos para atención a personas con discapacidad en los términos que establece la constitución política del país.

Además, impugna el hecho de que se haya destinado solo el 3 por ciento del gasto de inversión en obras de Presupuesto Participativo, lo cual—afirmó—también trastoca el texto constitucional.

Radicación “supersónica”

El legislador destacó el hecho de que la actual Corte radicó los recursos con una rapidez inusitada, ya que se tardó menos de dos meses en turnarlas para su análisis y dictaminación.

Con la anterior “Supercorte”, dijo, pasaban meses y no se recibía respuesta.

Del turno que se les dio a sus cuatro acciones de inconstitucionalidad, informó que la 12/2026 fue turnada a la ministra Lenia Batres Guadarrama; la 13/2026, a Yazmín Esquivel; la 14/2026 a Loretta Ortiz y la 15/2026 quedó a cargo de la ministra María Estela Ríos González.

Durante la Mañanera del Pueblo, la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo exhibió los sueldos, bonos y privilegios de los exministros de la Suprema Corte, al señalar que formaban parte de un esquema de excesos y beneficios ajenos a la función pública dentro del viejo Poder Judicial.

Sheinbaum informó que ya fueron cancelados 59 apoyos administrativos, entre ellos servicios personales, gastos domésticos y beneficios que no tenían sustento legal, y adelantó que otros 90 privilegios continúan en revisión como parte del proceso de reestructuración judicial.

Entre los beneficios eliminados se encontraban seguros médicos privados, apoyos para despensa y alimentos, mantenimiento de viviendas, uso de vehículos oficiales para asuntos personales y servicios adicionales que, dijo, contrastan con las condiciones laborales del resto del sistema judicial.

La presidenta sostuvo que la exhibición de estos privilegios busca transparentar las razones de la reforma al Poder Judicial y subrayó que el objetivo es erradicar prácticas de élite y avanzar hacia una administración más austera y equitativa.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó revocar todas las suspensiones que habían detenido partes clave de la Reforma Judicial 2024, incluyendo la posibilidad de ajustar a la baja los salarios de jueces y magistrados federales.

La decisión fue emitida por el ministro presidente Hugo Aguilar, quien determinó que los tres juzgados de Zapopan que habían concedido más de 550 amparos carecían de competencia para resolver sobre los temas reclamados. Con ello, quedaron sin efecto las medidas que blindaban a los funcionarios judiciales bajo el principio de irreductibilidad salarial.

Gracias a esas suspensiones, magistrados federales habían mantenido percepciones anuales de hasta 3.1 millones de pesos, mientras que los jueces de distrito conservaron ingresos de alrededor de 2.9 millones. Ambas cifras superan el salario de la titular del Ejecutivo federal, cercano a 2.7 millones.

La Corte explicó que las suspensiones indebidas también impedían avanzar en otros puntos de la reforma, entre ellos el proceso de reorganización administrativa y los criterios de permanencia en cargos judiciales.

Con el levantamiento, la SCJN no recorta de inmediato los sueldos, pero abre el camino legal para que la reforma avance y se apliquen los ajustes contemplados una vez que los amparos se resuelvan en lo individual.

El Poder Judicial entra así en una nueva etapa de revisión interna, mientras continúa el debate nacional sobre el alcance real de la reforma impulsada en 2024.

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