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El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) integró la terna con tres aspirantes al cargo de Magistrada de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), que será enviada al Senado de la República, donde se designará a la nueva Magistrada que ocupará el puesto que dejará en septiembre Gabriela Villafuerte Coello.

Este lunes comparecieron en sesión pública seis mujeres aspirantes al cargo de Magistrada, el objetivo fue evaluar los conocimientos de las candidatas en relación con las funciones de una Magistrada de Sala Regional Especializada del TEPJF.

Tras una votación secreta, los ministros seleccionaron a Nancy Correa Alfaro, Araceli Yhalí Cruz Valle, María Cecilia Guevara y Herrera.

Al concluir la evaluación de conocimientos, la ministra presidenta de la SCJN, Norma Lucía Piña Hernández, felicitó a las seis aspirantes por su presencia y comparecencia en el salón de plenos de la Corte.

“Es un claro ejemplo de que son mujeres exitosas, responsables y comprometidas con su función jurisdiccional y con nuestra sociedad, muchas felicidades a todas”, aseveró.

El 3 de julio, la Corte informó que, en atención al principio de paridad de género, el cual rige incluso en la designación de las personas titulares de las Magistraturas de las Salas del TEPJF, y al considerar que la única Magistratura ocupada por una mujer en dicha Sala Regional es la que quedará vacante, La Corte consideró que en el procedimiento respectivo concursen únicamente mujeres.

Las seis mujeres finalistas fueron elegidas en sesión pública, de entre una lista de 19 aspirantes que cubrieron los requisitos fijados en el Acuerdo 4/2023, del 29 de mayo del año, publicado el 31 del mismo mes en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

El procedimiento de selección inició con la publicación del referido acuerdo, que fijó el periodo del ocho al catorce de junio del año en curso, para recibir las postulaciones en la SCJN, acompañadas de la documentación correspondiente.

Las controversias constitucionales que se presenten en contra de resoluciones del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), pueden ser admitidas a trámite, determinó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Por mayoría de votos, la Segunda Sala de la SCJN aprobó un proyecto de la ministra Yasmín Esquivel Mossa, que estableció que si bien por regla general las sentencias del TEPJF son definitivas e inatacables en términos del artículo 99 Constitucional, ello no implica que las controversias promovidas en su contra sean improcedentes.

El objetivo, señaló el proyecto, de dar entrada a este tipo de asuntos, consiste en analizar que hayan sido resueltos dentro del marco de competencias de dicho órgano y que no se trate de cuestiones que correspondan a otros poderes del Estado.

La resolución de la Segunda Sala se derivó de una controversia constitucional presentada por la Cámara de Diputados, que señala que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) excedió sus facultades al inmiscuirse en cuestiones parlamentarias y ordenarle modificar la integración de la Comisión Permanente en junio del año pasado.

Morena presentó una iniciativa de ley ante el pleno de la Comisión Permanente para que los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ganen menos que el Presidente de la República, “pues nadie trabaja más que él y su nivel de responsabilidad es mucho mayor al de cualquier funcionario del Poder Judicial y, les guste o no, tienen que ajustarse a la austeridad republicana”.

Las reformas al artículo 94 constitucional propuestas por el diputado Manuel Alejandro Robles Gómez, establecen que:

“La remuneración que perciban por sus servicios los ministros de la Suprema Corte, los magistrados de Circuito, los jueces de Distrito y los consejeros de la Judicatura Federal, así como los magistrados Electorales, no podrá ser disminuida durante su encargo, siempre y cuando su remuneración sea menor o igual a la de la persona titular del Poder Ejecutivo”.

Robles Gómez advierte en la exposición de motivos de su iniciativa, que hay una “renuencia de los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por bajarse sus salarios”, lo que es una muestra más de su poco compromiso ético y moral con el pueblo de México.

“Es un acto simbólico que demuestra la conversión de la Corte en un poder al servicio del interés personal y de la oligarquía y que no responde a los intereses del pueblo.

“Los ministros de la Suprema Corte de Justicia han demostrado deshonestidad y falta de probidad, así como un actuar poco ético y bajo compromiso social al auto otorgarse amparos para dejar de ajustarse a la Constitución en un abierto conflicto de intereses”, señala.

La diputada Araceli Celestino Rosa (PT) presentó una iniciativa a la Comisión Permanente, que plantea reformar la Constitución y establecer que los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sean elegidos mediante voto popular, pero para desempeñar el cargo solamente por seis años. Actualmente, el periodo es de 15 años.

La legisladora también plantea que cada dos años, el pleno elija de entre sus miembros al presidente de la Suprema Corte, “el cual no podrá ser reelecto para el periodo inmediato posterior.

“Si los titulares de los poderes públicos Legislativo y Ejecutivo son electos por la población de manera directa, no encontramos razón alguna para que los integrantes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación no puedan, también, ser electos por el mismo pueblo”, señala la propuesta.

El documento detalla que se derogaría la fracción XVIII del artículo 89 de la Constitución, que establece que se debe presentar, a consideración del Senado, la terna para la designación de ministros de la Suprema Corte de Justicia y someter sus licencias y renuncias a la aprobación del propio Senado de la República.

En el artículo 94 se modificaría la temporalidad del cargo para quedar de la siguiente manera: “los ministros de la Corte durarán en su encargo seis años, sólo podrán ser removidos del mismo en los términos del título cuarto de esta Constitución y, al vencimiento de su periodo, tendrán derecho a un haber por retiro”.

Asimismo, se establecería en el artículo 96 que los ministros serán electos mediante voto universal, directo, libre y secreto de los ciudadanos, “en los términos que se disponga en la ley electoral”.

Además, por cada ministro propietario se elegirá un suplente, que sólo podrá ocupar el cargo ante la ausencia temporal o definitiva del ministro propietario.

Actualmente, el artículo 95 de la Constitución señala que los nombramientos de los ministros deberán recaer preferentemente entre aquellas personas que hayan servido con eficiencia, capacidad y probidad en la impartición de justicia o se hayan distinguido por su honorabilidad, competencia y antecedentes profesionales en el ejercicio de la actividad jurídica.

Celestino Rosa propone que en caso de ausencia definitiva de un ministro propietario y el suplente no acudiera a tomar posesión del cargo, éste se considerará vacante y se deberá convocar a elección extraordinaria para cubrirla.

El pasado 9 de mayo, el presidente Andrés Manuel López Obrador anunció que en septiembre de 2024 presentará una iniciativa de reforma a la Constitución para que los ministros de la Suprema Corte de Justicia sean elegidos por voto popular, pero no señaló que propondrá recortar el periodo en que se desempeñarán en sus cargos.

Dicho proyecto lo delineó el Mandatario en una de sus conferencias matutinas, después de que la SCJN invalidó la primera parte del llamado plan B en materia electoral.

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