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Si alguna vez has perdido un vuelo de conexión porque el primer vuelo se sobrevendió y no pudiste abordar, ahora, podrás exigirle a la aerolínea que te reembolse el 25% del precio del boleto de avión.
Actualmente, la Ley de Aviación Civil ya considera una indemnización para los pasajeros por sobreventa de vuelos dándoles tres opciones:

1 El reintegro de su pasaje y 25% del valor del boleto.

2 El transporte en el primer vuelo disponible, además de cobertura de alimentos y hospedaje a cargo de la aerolínea durante el tiempo de espera.

3 O la reprogramación del vuelo en una fecha que convenga al pasajero, además de, por lo menos, el 25% del valor del boleto.

La segunda opción “de manera irrazonable” negaba la posibilidad de que los pasajeros fueran íntegramente resarcidos, lo que resulta inconstitucional, por lo que la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó que, en caso de que los pasajeros elijan la segunda opción, también puedan recibir el 25% del valor de su boleto.

“Esto implica que la indemnización de cuando menos el 25% del precio del boleto será procedente con independencia de si la persona afectada elige el reintegro de su pasaje, el transporte en el primer vuelo disponible y cobertura de alimentos y hospedaje a cargo de la aerolínea, o bien la reprogramación de su vuelo en una fecha que convenga al pasajero”, indicó la SCJN, en un comunicado.

Actualmente, Volaris indica en el Decálogo de Derechos del Pasajero que, en caso de sobreventa o cancelación del vuelo atribuible a la aerolínea, el pasajero tiene derecho a:

1 Recibir un boleto para el primer vuelo disponible hacia tu destino original, más gastos de alimentación y comunicación, vía correo electrónico y telefónica, sin cargo, de conformidad con el tiempo de espera hasta el embarque en otro vuelo. Y en caso de que se requiera pernocta, hospedaje y transporte terrestre; pero no considera el pago de 25% del precio del boleto.

2 Recibir el reembolso de la parte del boleto que no utilizaste, más el 25% de dicho monto, por concepto de indemnización.

3 Recibir transportación en una fecha posterior, hacia el destino original del viaje cancelado, más un 25% del costo del monto total de tu boleto o del segmento de viaje no utilizado, según sea el caso, por concepto de indemnización.
Con la determinación de la SCJN, en el primer supuesto, Volaris tendrá que incluir el 25% del precio del boleto.

El fallo de la SCJN se originó por un caso donde Air France afectó a la familia de Luis Miguel Beltrán, la cual fue excluida, en septiembre de 2017, de un vuelo de París a Barcelona por estar sobrevendido; por lo que la familia perdió las conexiones Barcelona-Londres y Londres-Ciudad de México, y pagaron 51 mil pesos para adquirir nuevos boletos.

La Corte devolvió el expediente a tribunales para que revise de nuevo el caso y se fije la indemnización que deberá pagar Air France a la familia de Luis Miguel Beltrán.

De acuerdo con Pablo Casas Lías, director del Instituto Nacional de Investigaciones Jurídico-Aeronáuticas, el fallo de la SCJN todavía no hace obligatorio para la aerolínea el pago del 25% del boleto de avión en caso de que los pasajeros elijan el transporte en el primer vuelo disponible y cobertura de alimentos y hospedaje a cargo de la aerolínea, pero sienta un precedente para formar jurisprudencia.

El ministro Javier Laynez, así como las ministras Loretta Ortiz y Yasmín Esquivel llegaron a la Cámara de Diputados para debatir con los coordinadores parlamentarios en torno a la reforma al poder judicial que impulsa la bancada de Morena.

Los integrantes del máximo tribunal del país llegaron en punto de las 09:05 horas, en un par de camionetas. El estacionamiento del recinto legislativo de San Lázaro se cercó a fin de evitar que los medios entrevistaran a los ministros.

La reunión se realiza de manera privada y se prevé que, al término, el presidente de la Junta de Coordinación Política (Jucopo), Ignacio Mier Velazco, ofrezca una conferencia de prensa. En tanto que los ministros aún no definen si ofrecerán o no su postura.

La ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Yasmín Esquivel Mossa, aseguró que continuará desempeñando su función porque es una mujer de leyes que no ha consentido ni consentirá ninguna vulneración a los derechos de quienes exigen justicia, ya sea de su persona o de terceros.

Al conmemorar este martes el Día del Abogado con personal de la Universidad Tepantlato, Esquivel Mossa afirmó que el único cauce para dirimir una controversia propia, política o ajena, son los tribunales, a los que compete resolver conforme a derecho.

“Soy una mujer de leyes y para mí ese es el único cauce para dirimir una controversia propia, política, ajena, acudir a los tribunales a los que compete resolver conforme a derecho, frente a la violación de los derechos fundamentales de una persona. En un Estado de Derecho no existe otra vía que no sea la vía judicial cuando el diálogo y el entendimiento se agotan no nos queda más que recurrir a los tribunales judiciales”.

Y añadió: “Nunca he consentido ni consentiré la vulneración de los derechos de que quienes exigen justicia, ya sea de mi persona o ya sea de terceros. Esa es mi convicción como jueza porque creo en el imperio de la ley, porque confío en la justicia, ese es mi quehacer constitucional en el día a día: que prevalezca la Constitución y las leyes, velar porque en su aplicación se materialice el valor de la justicia, ese es mi empeño, lo que cumpla y espero que se cumpla. Así me formé. Continuaré ahora desempeñando esta función”.

Indicó que los jueces deben resolver todo planteamiento a la luz de lo que dispone la ley, desde esa norma jurídica fundamental que es la Constitución pasando por las leyes que de ella emanan, los tratados internacionales y los precedentes del Alto Tribunal, “todas nuestras determinaciones han de estar fundadas en la ley, todas motivadas con una exigencia en el quehacer jurisdiccional”.

“Como abogadas y abogados nos hermana una vocación, unos ideales que nos son comunes, nos hermana, sin temor a equivocarme, nuestro amor a las leyes nuestra pasión por el derecho.

“Somos al fin de cuentas hombres y mujeres de leyes, seamos el ejercicio libre de la profesión y en todo planteamiento, en toda consulta, sobre una determinada situación, habremos acometerla desde la óptica siempre de la ley”, expuso durante su intervención en la ceremonia a la que asistió el presidente del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, Rafael Guerra.

En este marco, la ministra Yasmín Esquivel Mossa afirmó que uno de los mayores desafíos que enfrenta México es la polarización que prevalece en la sociedad y que disminuye la posibilidad de encauzar hacia un entendimiento.

“La polarización obstaculiza la construcción de acuerdos que nos permitan avanzar hacia el estado de bienestar que aspiramos”, refirió.

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) integró la terna con tres aspirantes al cargo de Magistrada de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), que será enviada al Senado de la República, donde se designará a la nueva Magistrada que ocupará el puesto que dejará en septiembre Gabriela Villafuerte Coello.

Este lunes comparecieron en sesión pública seis mujeres aspirantes al cargo de Magistrada, el objetivo fue evaluar los conocimientos de las candidatas en relación con las funciones de una Magistrada de Sala Regional Especializada del TEPJF.

Tras una votación secreta, los ministros seleccionaron a Nancy Correa Alfaro, Araceli Yhalí Cruz Valle, María Cecilia Guevara y Herrera.

Al concluir la evaluación de conocimientos, la ministra presidenta de la SCJN, Norma Lucía Piña Hernández, felicitó a las seis aspirantes por su presencia y comparecencia en el salón de plenos de la Corte.

“Es un claro ejemplo de que son mujeres exitosas, responsables y comprometidas con su función jurisdiccional y con nuestra sociedad, muchas felicidades a todas”, aseveró.

El 3 de julio, la Corte informó que, en atención al principio de paridad de género, el cual rige incluso en la designación de las personas titulares de las Magistraturas de las Salas del TEPJF, y al considerar que la única Magistratura ocupada por una mujer en dicha Sala Regional es la que quedará vacante, La Corte consideró que en el procedimiento respectivo concursen únicamente mujeres.

Las seis mujeres finalistas fueron elegidas en sesión pública, de entre una lista de 19 aspirantes que cubrieron los requisitos fijados en el Acuerdo 4/2023, del 29 de mayo del año, publicado el 31 del mismo mes en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

El procedimiento de selección inició con la publicación del referido acuerdo, que fijó el periodo del ocho al catorce de junio del año en curso, para recibir las postulaciones en la SCJN, acompañadas de la documentación correspondiente.

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