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TEE

El Comité Estatal de Morena informó que brindará acompañamiento jurídico al diputado y coordinador de la Fracción Parlamentaria de Morena, Cuauhtémoc Estrada Sotelo en su impugnación contra la sentencia emitida por el Tribunal Estatal Electoral, por violencia política en razón de género.

“Desde Morena reiteramos que obedece a una cuestión política para neutralizar a la oposición al gobierno de María Eugenia Campos. Respaldamos al coordinador de nuestra fracción parlamentaria, Cuauhtémoc Estrada Sotelo, ante un intento claramente político de silenciar la oposición a la gobernadora Campos”, afirmaron.

Morena insistió que la sentencia no es definitiva y que llegarán hasta las últimas consecuencias, ya que desde su perspectiva es flagrante la interferencia del Ejecutivo Estatal, autoridades electorales y el Poder Judicial.

Sorprende a PAN que sentencia de TEE sólo alcance a un diputado de Morena

“Nuestra solidaridad con Adriana Terrazas, es sorprendente la resolución del Tribunal, toda vez que acreditan que hay violencia política en razón de género, hemos sido testigos de que la expulsión que se le da, la hace toda la bancada, se acredita la violencia, pero se ha juzgado a un solo legislador”, comentó el coordinador de la Fracción Parlamentaria del PAN, Alfredo Chávez Madrid.

Alfredo Chávez dijo que quedó acreditado que la bancada ejerció violencia y que ahorita hay “total respaldo a la diputada, si ella desea ir a otras instancias”, además de referir que no sólo Terrazas Porras ha sido víctima de violencia política, también lo fue en su momento, la gobernadora del Estado, María Eugenia Campos Galván.

“Creo que las resoluciones de las instituciones, además de ser conforme a derecho, con congruencia política e histórica. El debate parlamentario tiene que ser duro, fuerte, a veces pasional y candente pero nunca ofensivo a una persona, mucho menos machista, agresivo o peyorativo a una mujer”, contestó.

El diputado sostuvo que como PAN en tribuna nunca han insultado a nadie, ya que decirle corrupto a Morena no es un insulto, sino una verdad, como lo son el alcalde de Juárez, Cruz Pérez Cuéllar y el exgobernador Javier Corral Jurado, “ pueden ofender pero no son en terreno personal”.

El Tribunal Estatal Electoral en su sesión pública 16, resolvió un Procedimiento Especial Sancionador, en el que declaró que el diputado coordinador del Grupo Parlamentario de Morena en el Congreso del Estado, Cuauhtémoc Estrada Sotelo ejerció violencia política en razón género en contra de la diputada presidenta Adriana Terrazas Porras.

A las 21:43 del sábado 30 de marzo, el Tribunal Estatal Electoral sesionó para resolver el Proceso Especial Sancionador PES 048/2024 a cargo del magistrado Hugo Molina Martínez, en el que expuso que en los hechos imputados se advirtió que es una acción continuada con actos de acoso relacionados y ocurridos a partir de la oposición a que una mujer de la misma bancada fuera propuesta y nombrada presidenta de la Mesa Directiva del Congreso del Estado, en lugar de un diputado hombre de Morena.

El TEE sostuvo que las y los diputados de Morena, Edin Cuauhtémoc Estrada Sotelo, Leticia Ortega Máynez, Oscar Daniel Avitia Arellanes, Rosana Díaz Reyes, Magdalena Rentería Pérez, María Antonieta Pérez Reyes, David Óscar Castrejón Rivas, Benjamín Carrera Chávez, Gustavo de la Rosa y la encargada de Comunicación Social, Ana Lilia Dueñas, llevaron a cabo acciones y omisiones que han generado un clima de violencia y acoso laboral, lo que constituye una afectación a la víctima por su cargo público.

Además de que el contexto bajo la perspectiva de género, se acreditaron estereotipos de género, ya que se pudo afirmar que se le exigió a la mujer una posición de subordinación, renunciando a la posibilidad de presidir la mesa directiva del Congreso.

“Para mantener la idea de que a quien correspondía es a un hombre; asimismo que dichas acciones y omisiones están dirigidas a no favorecer y rechazar que una mujer fuera propuesta”, explicó la abogada Aranza Loya.

Al momento de la votación, el magistrado Hugo Molina Martínez votó el proyecto a favor en todos sus términos; mientras que la magistrada Roxana García y el magistrado Humberto Sepúlveda votaron en contra, aludiendo que Cuauhtémoc Estrada fue el único responsable de violencia política en razón de género y el resto, de violencia de carácter administrativo que deberá sancionar el Órgano Interno de Control del Poder Legislativo.

Motivo por el cual fue rechazado el proyecto original, y deberá realizarse un engrose por parte de la ponencia del magistrado Sepúlveda la nueva resolución.

Coordinador de Morena ejerció violencia política, los demás diputados deben ser sancionados por Órgano Interno de Control

Tras escuchar el proyecto de sentencia, en su intervención, el magistrado Gabriel Sepúlveda coincidió que existió violencia política en razón de género, pero no en contra de todos los diputados de Morena, sino de una sola representación de diputación local.

“Las diputaciones denunciadas presentaron pruebas, y algunas fueron no admitidas. Desde mi punto de vista fueron desechadas de manera correcta, por lo que hace a las pruebas periciales fueron ofrecidas de manera incorrecta por no señalar la materia sobre las que debía versar; mientras que la confesional, la ley es muy clara, que se debe ofrecer a través de fedatario público”, expuso.

El magistrado consideró únicamente se acredita en contra del coordinador de la fracción parlamentaria, Edin Cuauhtémoc Estrada Sotelo, ya que no advierte elementos de género, respecto a las otras diputaciones y que si de otro tipo de violencias administrativas, por lo que se debe dar vista al Órgano Interno de Control del Poder Legislativo.

No sólo afecta a Adriana Terrazas, constituye violencia simbólica que busca perpetuar supremacía masculina

Por su parte, la magistrada presidenta Roxana García Morena también puntualizó que su actuación como jueza constitucional ha sido con independencia y respeto al Tribunal Estatal Electoral y a las instituciones electorales, como parte fundamental de la democracia.

“En el contexto de un ambiente parlamentario es fundamental reconocer y abordar las conductas de violencia de género, que pueden surgir como respuesta a la victoria de una mujer sobre un hombre, en una posición de liderazgo. Así como la negativa de aceptar la derrota y el posterior comportamiento discriminatorio hacia la diputada demuestran la persistencia de actitudes machistas”, argumentó.

A lo que añadió, que estas actitudes no sólo afectan a la diputada Adriana Terrazas, sino que crean un ambiente hostil e impiden el desarrollo de otras mujeres en el ámbito público. Mientras que los abucheos, exclusión y desplantes no sólo son expresiones de desigualdad de género, sino que constituyen una forma de violencia simbólica, que buscan el estatus quo de la supremacía masculina.

“No he necesitado tener una amistad estrecha con alguien para juzgar con perspectiva de género, es mi obligación como legisladora”, recalcó frente a las acusaciones hechas por Cuauhtémoc Estrada, de brindar “ventaja jurídica” a Terrazas Porras durante el proceso.

Roxana García dijo que aunque Adriana Terrazas obtuvo legítimamente la presidencia, pero que por “su atrevimiento” también ganó los vetos que no han cesado desde agosto de 2022, incrementando a la fecha con el objeto de invisibilizar y minimizar su participación en cualquier acto.

Previo al juicio desecha impugnaciones de Morena

En los expedientes JE 054/2024, RAP 059/2024 y JE 062/2024 con motivo de las impugnaciones promovidas por diversas personas denunciadas dentro del procedimiento especial sancionador IEE PES 34 /2023, en contra de la determinación de la Secretaría Ejecutiva del Instituto Estatal Electoral por la negativa de pruebas dentro de la audiencia de alegatos en el Proceso Especial Sancionador.

“En estos proyectos se propone declarar improcedente, y, por ende, desechar de plano los medios de impugnación, por lo que refiere a los expedientes JE 054 2024 y JE 062 2024 con relación a dos de las promoventes y una de ellas en el segundo, se actualiza porque en la revisión de los requisitos de procedibilidad, se advierte que no cumple con la firma autógrafa de dichas promoventes”, explicó la abogada del TEE, María Fernanda Durán Salas.

Mientras que el RAP 059 2024 los medios de impugnación presentadas, resultan improcedentes porque los actos impugnados no cumplen con el requisito de definitividad y firmeza de la Ley Electoral Estatal, ya que, durante la secuela procedimental, se pueden emitir resoluciones que no afectan de manera inmediata el fondo del asunto planteado.

Los magistrados Hugo Martínez Molina, Gabriel Humberto Sepúlveda y Roxana García Morena, votaron los proyectos sugeridos por unanimidad, por lo que determinaron improcedentes y desechan de plano los expedientes y agregar las resoluciones al Proceso Especial Sancionador PES 048/2024.

El Tribunal Estatal Electoral en su sesión pública este 28 de marzo, desechó el asunto JE-047/2024 promovido por los diputados de Morena, declaró infundados los agravios sobre supuesto documento oficial alterado y acusaciones de exceso de funciones en el caso por parte de la autoridad electoral, además de confirmar el juicio electoral dentro del procedimiento especial sancionador de clave IEE/PES 034/2023.

El Grupo Parlamentario de Morena acusó que en contubernio el Instituto Estatal Electoral, Tribunal Electoral Estatal, el Poder Ejecutivo y el parte del Poder Legislativo “alteraron una constancia pública” para darle una ventaja procesal indebida a la diputada Adriana Terrazas Porras, presidenta del Congreso del Estado en el juicio electoral que emprendió por violencia política en razón de género contra la bancada morenista.

“En cuanto a Rosana Díaz Reyes, la improcedencia resulta porque de la revisión de los requisitos de procedibilidad, se advierte que el medio de impugnación, no cuenta con la firma autógrafa de dicha promovente, de ahí que, con relación a ella, se actualice la causal de improcedencia de acuerdo al artículo 309, numeral 1, inciso B, de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua”, expuso la abogada responsable de dar lectura al proyecto.

Sobre la demanda presentada por los diputados de Morena, Edin Cuauhtémoc Estrada Sotelo, Leticia Ortega Máynez, Oscar Daniel Avitia Arellanes, Magdalena Rentería Pérez, María Antonieta Pérez Reyes, David Óscar Castrejón Rivas, Benjamín Carrera Chávez y Gustavo de la Rosa Hickerson, declararon infundados sus argumentos de que la autoridad responsable se extralimitó y excedió sus funciones.

“Los agravios impugnados se consideraron porque en el documento que ordenó el emplazamiento, encuadra las conductas en diversos tipos de violencia, de las hipótesis previstas en la Legislación, con lo que bajó la apreciación de los impugnantes emite un juicio previo, pasa la modalidad de la violencia, lo que a su juicio debió limitarse a lo que señala la víctima, va más allá sus facultades y desvirtúa sus funciones, las que sólo corresponden a las de sustanciación”, detalló sobre el asunto en el Pleno.

No obstante, los especialistas en la materia explicaron que la Sala Regional Guadalajara ha establecido la regla de que cuando se trata de procedimientos especiales por violencia política en razón de género, la autoridad al informar a la parte denunciada la infracción que se le imputa, debe realizar una lectura integral de la denuncia o desahogar las diligencias necesarias para estar en posibilidad de fijar o clasificar las conductas o modalidades legales que serán objeto de la investigación.

“Aún y cuando la denuncia no precise conductas o modalidades específicas, y/o sus fundamentos en las leyes aplicables, de ahí que se considere es improcedente, declarar infundados los agravios y confirmar el acto impugnado”, concluyó.

Al terminar la lectura, se llamó a votación el proyecto, el cual no recibió ningún comentario, y fue aprobado por unanimidad por la magistrada presidenta Roxana García Moreno, el magistrado Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez y el magistrado Hugo Molina Martínez.

Cuestionable el principio de imparcialidad, todo a su tiempo: Morena

En rueda de prensa previo a la sesión del TEE, el coordinador del Grupo Parlamentario de Morena, dijo que el pronóstico era una acción concertada por varios entes, que “pretende sacar a la acción electoral, a un grupo de diputados y diputadas que al parecer le hemos sido muy incómodos a la gobernadora, mi pronóstico no puede estar alejado de esa hipótesis”.

El diputado dijo que de no ser a favor el resultado en el juicio electoral, lo van a impugnar a nivel federal, ya que han descubierto vicios dentro del proceso que no deben darse, porque desvirtúan al Tribunal y la causa que se legisló en favor de las mujeres, por lo que debe hacerse público, para que las conductas se investiguen y sancionen.

“Se utilizan esos procesos con fines político partidistas, alejándose del propósito para el que fue creado, eso ha sucedido en este procedimiento, en la ejecución, no en la legislación. De una aplicación parcial para torcer el procedimiento”, explicó Estrada Sotelo.

En otros dos temas, el diputado reiteró que el TEE ni siquiera los analizó de fondo en su material probatorio y los desechó, lo que fue un error, ya que cualquier tribunal cuando hay una recusación lo mínimo que debe hacer es entrar al fondo y conocer de la misma, no rechazarla de plano, lo que es cuestionable en principio de imparcialidad.

“Eso esta pasando, todo a su tiempo”, contestó.

El Tribunal Estatal Electoral fue notificado de la existencia de una veintena de bardas con la leyenda #QueSigaCruz, las cuales sentenció como actos anticipados de campaña, dio a conocer el Comité Directivo Estatal del PAN.

Además de que sentenció, al alcalde Cruz Pérez Cuéllar por su asistencia a un acto proselitista relacionado con Claudia Sheinbaum, el pasado 3 de enero del año en curso, en ciudad Cuauhtémoc.

Ya que se argumentó que hubo un descuido de sus labores permanentes, por acudir en día y hora hábiles a un evento partidista.

Debido a que la Sala Superior ha establecido que los servidores públicos que desempeñan un cargo de forma permanente como la titularidad de presidencias municipales, tienen prohibido asistir en días hábiles a eventos proselitistas.

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